jueves, 24 de mayo de 2012

CASAS DE ARES DEL MAESTRE 1711-1741


De los protocolos relacionados, con las compras a censo, en los cuales se ponían como aval las propiedades, de los relacionados con la venta de casas, o los testamentarios, se mencionan los siguientes propietarios de casas de la Villa de Ares del Maestre.

                              P7232429



Es de notar que muchas anotaciones se refieren a patios de casas derruidas, o quemadas, en la Guerra de Sucesión, muchas de ellas tienen como lindes la muralla hoy desaparecida.
También es interesante el nombre de las calles, como hoy las conocemos, y otras que su nombre se ha perdido.
Nos dicen donde se jugaba a la pelota, donde estaban los graneros, el mesón, donde estaba la Iglesia provisional, mientras se construía la nueva y otras curiosidades.
La transcripción es literal, tal y como la reflejaron los escribanos.
Las fotografías si coinciden es pura casualidad.




1711 JOSEPH QUEROL

Una casa situada en la presente villa tenida a censo perpetuo al Señor Comendador a un sueldo y ocho dineros, que se pagan el día de San Miguel de Setiembre, situada en la plaza con los lindes que tiene que son, de una parte con dicha plaza, y de otra con casa de Agustin Selma y comun de la villa, serca de la nevera, y de costeras, la una con calle que baxa a la Calle Nueva, y de otra con casas de Joseph Molins, y Joseph Orti de Baltazar.

1711 BALTASAR ORTI Y MIGUEL SALVADOR

Una casa que tengo derribada, en la presente villa en la calle nombrada del Pla del Algup, a la aparte de arriba del pozo, con los limites y linderos que esta tiene que son, de una parte con la Calle que sube a la Muela, y de otra con casa de Miguel Garcia escultor, y de costeras, la una con dicha Calle que sube a la Muela, y de la otra con casa de Gaspar Garcia.




1711 JUAN PALATZI  Y FRANCISCO PALAZTI

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de la Abadia que de presente habitamos los dos, que linda de las dos partes con dos calles, que la una es la de la Abadia, y la otra passa por baxo, y de costeras la una con casa de Mn. Thomas Garcia presbitero, y de la otra con casa de Antonio Palatzi.




1711 JOSEPH HUGUET Y JOSEPH MARIN

Una parte de patio que yo tengo demolido y quemado en la presente villa de Ares en la calle nombrada la Calle Nueva, que son dos apartamientos, e o , instancias la una sobre el otra, de medio abaxo de dicho patio, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con la calle que esta baxo la Calle Nueva, y de la otra con la calzada de la Calle Nueva, y de costeras la una con casa de Carlos Marin, y de otra con patio de Joseph Lorente.





1711 SIMON PRATS Y ANTONIO ESCUDER

Un patio de casa demolida que yo tengo, en la calle que baja de la Calle de la Corte, a la Calle Nueva, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Calle, y de la otra con casa de Juan Carbo, y de costeras la una con casa de Marcos Antonio Pitarch, y de otra con Calle que traviessa.


1712 JOSEPH GARCIA

Una casa que tengo fuera el muro de la presente villa al portal que dizen de Maria Violeta, con los limites y linderos que tiene, que son con el muro de dicho portal, y con comunes de la villa.




1715 ALEXANDRO GARCIA Y THOMAS GARCIA

         JOSEPH SALVADOR Y THOMASA GARCIA

         VICENTE ARMELLES clerigo



Una casa de morada, y un huerto que tenemos en la presente villa, la dicha casa en la calle nombrada de la Abadia con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Pedro Prats, y de costeras la una con casa de Bautista Garcia, nombrado de la Belluga, y de la otra con casa de Antonio Garcia. Y el huerto, esta en la calle que esta baxo la que nombran dels Terrats con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con casa del licenciado Miguel Orti presbitero, de otra con la muralla de la villa, de otra con huerto de Joseph Orti de Marcos Antonio, y de otra con comun de la villa.




1715 FELIX ARMELLES

Una casa de morada que yo el dicho Felix Armelles tengo en la Puerta nombrada de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con el muro de la villa, de otra con casa de Ignacio Mendaño, de otra con la Calle del Portal de la Ventallosa que passa por medio, de otra con casalicio de Luis Falco, de otra con comun nombrado lo single de les Roques, y con camino publico.



1715 DR. PEDRO GARCIA

Una casa de morada que tengo en el arraval de la presente villa, con los limites y linderos que tiene que son de la una parte, con el arraval, y de la otra con la Calle de Arriba, y de costeras la una con casa Miguel Garcia, y de la otra con casalicio del dicho Bernardo Garcia clergue.
Otra casa de morada con un huerto a ella contiguo, que yo tengo en la presente villa, mas alla de la Cueva de la herreria, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con heredad mia propia, de la otra con camino nombrado de les Roques, de otra con la replaçuela comuna, y de la otra, con el comun nombrado lo single.

1715 ANTONIO SALES DE THOMAS

Una casa de morada que tengo en el arraval de Baxo o camino de las Heras de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de costeras la una con casa de Joseph Prats, y de otra con casalicio de Geronymo Garcia, y de la parte de abaxo con casa de Gaspar Tosca, y Joseph Salvador de Pedro, y de la parte de arriba con dicha calle, o camino que va a las dichas heras.


1715 JOSEPH MOLINS

Una casa de morada que tengo en la presente villa en el Portal de la Barbacana, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con la Calle nombrada del Balle, de otra con casalicio del heredero de Don Joseph Querol, de otra a las espaldas con casalicio de los herederos de Joseph Orti, y de la otra a la una costera con la Plaça Nueva, y dicho Portal.


1715 THOMAS ORTI

Una casa, y huerto que tengo en la presente villa, en el camino de la Peguesa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con casa de Jacintho Escuder, de otra con comun de la villa, de la otra con casalicio, y huerto de Agustin Selma, y de otra con dicho camino.

1715 ANTONIO GARCIA

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de otra con casa de Antonio Prats, y de costeras la una con casa de Joseph Orti de Jayme, y de la otra con casa del licenciado Vicente Armelles presbitero.



1715 MIGUEL JUAN SALVADOR

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada dels Terrats, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de la otra con casalicio de los herederos del licenciado Pedro Salvador presbitero, y patio de la Iglesia, y de costeras con casalicios de Meregildo Garcia, y Thomas Esteve, y de otra con casa de Vicente Carbo.

1715 PEDRO ANTONIO MOLINS

Una casa de morada y huerto que tengo, en la calle que esta baxo la Abadia, con los limites, y linderos que tiene, que son, con la muralla, con casalicio de los herederos del licenciado Thomas Garcia, huerto de Mn. Ignacio Garcia presbitero de la villa de Morella, y dicha Calle.



1715 JOSEPH ORTI DE JAYME

Una casa de morada que tengo en la Calle de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Antonio Prats, y de costeras, la una con casalicio de Joseph Marques, y de la otra con casa de Antonio Garcia.

1715 MIGUEL GARCIA Y JOSEPHA JUANES

Una casa de morada que tenemos en la Plaza Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte con dicha plaza, y casa de Antonio Salvador de Miguel, y de la otra con casa de morada del Dr. Pedro Garcia, y de costeras la una con el Arraval de la presente villa, y de la otra a la parte de arriba con Calle publica.



1715 JOSEPH PRATS

Una casa de morada que tengo en los Arravales de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con el Arraval de Arriba, y de la otra con el Arraval de la Hera, y de costeras la una con casalicio de Joseph Orti de Felix, y de la otra con casalicio de Jayme Pitarch de la villa de Culla.

1715 VICENTE ARTOLA
         JOSEPH GARCIA DE LA BELLUGA

Una casa de morada que tengo, en la Calle nombrada dels Terrats con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicha calle, y con el Portal, y de la otra con casa de Marcos Vinaixa, y casica para paja de Bartholome Salvador, y de costeras, la una con casalicio de Emeregildo Garcia, y de otra con el comun dels Basots.

1715 JOSEPH PRATS
         JOSEPH ORTI DE LES SOLANES

Una casalicio, o casa quemada que tengo, en la Calle del Camino de las Heras, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicha calle, o camino, y de la otra con casa de Gaspar Tosca, y una calzada, y de costeras, la una con casa de Joseph Sales nombrado de les Freixes, y de otra con casalicio de Antonio Sales de Thomas.

1715 MIGUEL BELTRAN Y VICENTA FALCO
         ISIDRO ROCA

Un patio de casa quemada, que tenemos en la presente villa en el arraval nombrado del Peyro, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte con dicha calle, o arraval, y de la otra, con la otra arraval que nombran el Camino de las Heras, y de costeras la una con casalicio de los herederos de Melchor Escuder, y de la otra con casa del dicho Isidro Roca.



1716 JOSEPH PRATS
         MIGUEL ORTI

Una casa de morada que tengo, en la calle nombrada del camino de las Heras, con los limites, y linderos que ella tiene que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra aparte de abaxo con la calzada del camino de la Peguesa, y de costeras, la una con casa de Joseph Sales nombrado de les Freixes, y de otra con casa del licenciado Francisco Roca.

1716 ANTONIO GARCIA

Una casa de morada que en la presente villa de Ares, en la Calle que nombran de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte ccon dicha calle, y de la otra a las espaldas con patio de la casa de Antonio Prats, y de costeras la una con casa del Ldo. Visente Armelles presbitero, y de la otra con casa de morada de Joseph Orti, hijo de Jayme.


1716 FELIX ARMELLES

         ANDRES ARMELLES



Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de les Roques al Portal de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con comun de la villa a la muralla, con casa de Ignacio Mendaño, con dicho portal, y con comun nombrado lo Singlet de les Roques.





1717 FRANCISCO SALVADOR ORTI

Una casa que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada del Camino de la Peguesa, con con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte a la frontera con dicho camino, y de la otra alas espaldas con guerto de Pedro Chiveli, y de costeras la una con casa de Marcos Antonio Vinaixa, y de la otra con comun de la villa.

1717 Dr. PEDRO GARCIA

Una casa de morada, que tengo en el arraval de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicho arraval, y de la otra con la Calle nombrada lo Carrer de Dalt, y de costeras la una con casa de Miguel Garcia escultor, y de la otra con casalicio de los herederos de Bernardo Garcia.

1718 MIGUEL JUAN GARCIA

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle que sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Antonio Roca, que es por la parte de atras, y de costeras la una con casa de Miguel Garcia escultor, y de la otra con casalicio del Dr. Pedro Garcia.



1718 MARIA PUIG TOSCA

Una casa, que esta sita en la presente villa, serca la portera de la Muela, que linda por la una parte con calle, y con casa de Jayme Solsona, y de la otra con casa de Dionisio Puig, y de costeras la una con casa de Joseph Roca, mayor de dias, y de la otra con comun de la villa.

1718 ANTONIO FOLCH Y TOMASA BONO (CASTELLFORT)
         ROQUE PITARCH Y JOSEPH PITARCH

Una casa quemada, que tenemos en la dicha villa de Ares en la Plaça Nueva, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha Plaça Nueva, y de otra con comun que esta entre la nevera, y dicho casalicio, y de costeras la una con camino que passa de dicha Plaça a la dicha nevera, y de la otra con casas de Joseph Molins, y Dn. Joseph Querol.

1718 JOSEPH SALES DE ROQUE
         BLAS VAQUER

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada de la Abadia, con los limites y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de otra con casa de los herederos de Miguel Amella, y de costeras la una con casa de Joseph Dualdo, y de otra con casa de Joseph Moliner.

1721 Ldo. IGNACIO GARCIA

Una casa de morada que tengo en la Plaça Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Plaça de otra con casa de Antonio Salvador o Geronymo Puig, de otra con la Calle de Arriba, de otra con la casa de morada del Dr. Pedro Garcia, y de otra con el arraval que sale de dicha Plaça Nueva, que es el del juego de la pelota
Una nevera que tengo fuera el Portal de la Calle de los Texados, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con casa de Blas Orti que esta a la parte de dentro del dicho Portal, y por las otras tres partes con comun de la villa.

1721 JOSEPH TOSCA

Una casa de morada que esta en el Camino de la Peguesa de esta villa con los limites y linderos que tiene que son de la una parte con dicho Camino de la Peguesa, de otra con casa de Custodio Clariach sirujano, y patio de Antonio Sales de Thomas, de costeras la una con patio de Miguel Salvador menor texedor, y de otra con un patio tiene dicha casa delante la puerta de arriba, y el dicho patio alinda con dicha casa con patio de de dicho Custodio Clariach, y con comun de la villa.



1721 ANTONIO SALES

Una casa de morada que tengo en el arraval debaxo, de la presente villa con los limites, y linderos que tiene que son, de la una costera con casa de Custodio Clariach, y de otra con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinaixa, de un cabo a la parte de baxo con casa de los herederos de Gaspar Tosca, patio para casa de Joseph Salvador de Pedro, y comun, y de otro a la parte de arriba con Calle publica que va a las heras.

1721 JOSEPH ROCA

Una casa de morada que tengo en la presente villa en el Llano del Agup con los limites y linderos que tiene que son de la una costera con casa de Joseph Roca menor de dias, y de las otras con via publica, y comun de la villa.



1722 JOSEPH GARCIA DE BAUTISTA
          ANTONIO SALVADOR DE LA MONTALVANA

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada dels Terrats, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Calle, y Portal, y de la otra con casa de Marcos Vinaixa, y de costeras una con comun nombrado dels Basots, y de otra con casalicio de Meregildo Garcia.

1722 ANTONIO SALES DE THOMAS Y JOSEPHA ROCA

Una casa de morada que tenemos, sita en la presente villa en el Pla del Algup, serca de la portera de la Muela, con los limites, y linderos que tiene que son por la una parte con casa de Joseph Roca menor de dias, y por las otras tres partes con comun de villa
Una casa de morada que tenemos, y oy en dia habitamos nuestra propria, sita en el Arraval de baxo, de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con casal, o patio de Baltazar Orti, y de otra con casa de Joseph Tosca clergue, con patio de Joseph Salvador de Pedro, y con Calle publica que va a las Heras.



1722 JOSEPH SALES DE BERNARDO
         GERONYMO ESCURIOLA

Una casa de morada sita en la presente villa de Ares, en la Calle nombrada del Pellerich, que allinda, y limita, con dicha Calle nombrada del Pellerich, con la Iglesia, que al presente se fabrica, con el passo de las peñas del Castillo, y con el patio, que antes era casa de los herederos de Juan Balaciart.



1722 JOSEPH SALES DE BERNARDO

Una casa de morada, que tengo, y posseo en la Calle Nueva de la presente villa de Ares, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con dicha calle, y de otra con la Plasuela del orno, y de costera la una con casa de Christoval Gillida, y de otra con casal de la Capellania de Santa Barbara.



1722 JOSEPH SALVADOR DE MIGUEL Y THOMASA GARCIA

Un patio de casa, en la presente villa, delante de la Iglesia Nueva, con los limites,y linderos que tiene, que son de la una parte, con el patio del Meson de la villa, de otra, con casalicio de los herederos de Mn. Pedro Salvador, de otra, con casas de Miguel Juan Salvador, y de otra, con la Calle que travesana por delante la Iglesia, y al presente, esta inclusa dicha calle, en dicha Iglesia.


1725 MIGUEL JUAN GARCIA

Una casa que tengo de morada, en esta presente villa, en el llano del Algibe, que alinda, con la calle que sube a la Muela, con el Camino de dicha Muela, con casa de Antonio Salvador de Miguel, y con patio de casa, de los herederos de Luis Beltran.



1725 JAYME GRAU
         ASENSIO COLOM
         JOSEPH MARIN

Un casal, o patio de casa quemada, y derribada, que esta sito, en la Calle Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte, con dicha Calle Nueva, y de otra con el muro de la villa, y de costeras, la una con casa de Ignacio Mendaño, y de la otra con la Calle, que baxa, a la Calle mas baxa, y casa de Pedro Ribera.

1725 LUIS BELTRAN Y JOSEPHA TRONCHO

Una casa de morada, sita en la presente villa, sobre el Poço, en el llano del Algibe, que alinda, por tres partes, con calle publica, y de la otra, con casa de Ursula Anna Guimera, viuda de Miguel Prats del campello, vezina de la villa de Morella
Un casal, o casa quemada, en la presente villa, en la calle, que sube a la Muela, que solia ser, de Joseph Guimera, que alinda, por una parte con dicha calle, y de otra, con la calle que tambien sube a la Muela, y de costeras, la una, con casal, o casa quemada del Dr. Pedro Garcia, y de la otra, con casa de Miguel Juan Garcia, nombrado dels Prats.



1725 MIGUEL LORENTE Y HIPOLITA BOLAS

Un patio metad de casa que tenemos en la Calle Nueva de esta villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte, con la casa que nosotros tenemos en dicha Calle Nueva, y de la otra con la Calle de abaxo, y de costeras la una, con patio de casa de Pedro Salvador, y de la otra con casa de Carlos Marin.

1726 FELIX ARMELLES

         MARIA ARMELLES



Una casa de morada, que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada del Portalet de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con la Calle del dicho Portalet, que passa por baxo, de parte de ella, y con casa de Andres Armelles también mi hijo, de otra, con el muro de la villa, y dicho Portal, y casal de Luis Falco, de otra, con comun de la villa, nombrado lo Singlet de les Roques



1726 ANTONIO SALES y JOSEPHA ROCA 

Una casa de morada que tenemos, en la presente villa, en el arraval de baxo, con los limite, y linderos que tiene, que son, con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinayxa, con patio, o casal de Baltasar Orti, a la parte de baxo, con patio de Joseph Salvador, hijo de Pedro, y casa de los herederos de Gaspar Tosca, y a la parte de arriba, con la Calle, que va a las Heras. 
Una casa de morada, que tenemos, en el llano del Algibe de la presente villa, que en sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con una replazuela, de otra con común de la villa, de otra con Calle, y de otra con casa de Joseph Roca.



1726 CRISTOVAL GILLIDA y AGUSTINA BLASCO
         MARTIN DOLZ

Dos patios de casa, o casales, y un huerto contiguos, que tenemos, al cabo de la Calle Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tienen, que son, de la una parte, con dicha Calle Nueva, y Calle que baxa a la Calle de mas abaxo, y de la otra, con el muro de la presente villa, y de costeras la una, con casa de morada de Joseph Vives, y la otra, con huerto de los herederos de Bernardo Garcia. 

1726 JOSEPH PRATS

Una casa de morada, sita en el arraval de la presente villa, que alinda, con casa de Joseph Orti de Felix, con casal de los herederos de Jayme Selma, y con los dos arravales.


1726 ANTONIO SALES DE BERNARDO y ESPERANZA OSTAL

Una casa de morada que tenemos en esta presente villa, en la Calle nombrada del Batle, con los limites, y linderos, que tiene que son, por un lado, con el patio del granero del Ilmo Señor Comendador, y por las otras tres partes, con tres calles publicas.

1726 ANTONIO SALES DE THOMAS y JOSEPHA ROCA

Una casa de Morada, sita, en el arraval baxa, de esta villa, que alinda con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinaixa, con patio, o casal de Baltazar Orti, a la parte de abaxo, con patio de Joseph Salvador de Pedro, y comun, y casa de los herederos de Gaspar Tosca, y a la parte de arriba, con la calle que va a las heras.
Una casa que tenemos sita en el llano del algibe de esta villa, que sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con la replazuela, de otra, con comun de la villa, y de otra con la Calle, y de otra con casa de Joseph Roca. 

1726 THOMAS SALES
         JOSEPH PRATS

Una casa de morada, que tengo, en la Calle Nueva de esta villa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con dicha calle, y de la otra, con la replasuela del Ospital, y de costeras la una, con casa de Cristhoval Gillida, y de la otra, con el patio o casal, de la casa de la Capellania de Santa Barbara. 


1726 AGUSTIN SELMA y JOSEPH SELMA

Una casa de morada, que tenemos en el arraval del Peyro, de la presente villa, camino de las Eras, con los limites, y linderos que tiene, que son, a la parte de arriba con dicho arraval del Peyro, y a la parte de abaxo, con dicho camino de las Eras, y de costeras, la una, con casa de Isidro Roca, y de la otra con casal de Jayme Pitarch de la villa de Culla. 

1726 JOSEPHA TRONCHO viuda de LUIS BELTRAN

Un casal, o casa quemada que tengo, al llano del aljibe de esta presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de costeras la una, con casa de Miguel Juan Garcia, nombrado dels Prats, y de la otra, con casa de Joseph Sebastia, y de los cabos con dos caminos publicos.

1731 THOMAS ORTI

         ANTONIO ORTI


Una casa sita y puesta en esta dicha Villa de Ares, y en la Calle intitulada el Arrabal de Abajo, que alinda por los lados, con casa de Simón Omella y comunes de villa, en las espaldas con otros comunes de villa y por delante con camino Real de Villafranca.



1731 ALEXANDRO SALVADOR


Una casa sita y puesta en esta dicha Villa y en la calle dicha el Carrer Nou, la que alinda por los lados con casa de Antonio Ortí y patio derruido de Thomas Palatsi de las espaldas con muralla calle en medio, y por delante con casa de Christoval Gillida mediante dicha Calle. 

1732 ISIDRO ROCA
         REMIGIO CARBO

Una casa sita, y puesta en el arrabal de esta dicha villa, la que alinda de los lados, con casa de Isidro Salvador y calle que sube assi a la plaza intitulada dels Basots, por delante con casa derruida de Luis Falco, y por las espaldas con la Plaza de dicha villa, y casa del licenciado Ignacio García presbytero.

1732 IGNACIO MENDAÑO Y THOMASA BARREDA
         FRANCISCO ESTEVE

Un patio de casa derruido, sito y puesto dentro los muros de esta dicha villa y a la parte llamada la Calle Nueva, que alinda por los lados con casas de la herencia de Alexandro Salvador y de Miguel Lorente, por delante con casas de Cristhobal Gillida, y Joseph Prats mediante dicha Calle, y por las espaldas con casa de Blas Ortí Calle en medio. 

1732 JOSEPH GARCIA Y CIFRE
         JOSEPH ESTEVE

Un patio de casa derruido, sito y puesto en el arraval subiendo a la muela, el que alinda por los lados con otro patio derruido, y corral de dicho vendedor, por delante con las espaldas de la casa del mismo vendedor, y por las espaldas con casa Juan Garcia mediante dicha calle e o arraval.

1732 JOSEPH GARCIA

Una casa que tengo en la presente villa fuera el portal nombrado de la Violeta, la que alinda por todas partes con comunes de villa.

1732 JOSEPH BALACIART

Una casa que poseo dentro los muros de esta villa en la Calle intitulada del Horno, la que alinda por los lados con casa de Joseph Marin, y casa de D. Joseph Querol presbytero calle en medio por las espaldas con casa de Joseph Orti; y por delante con casa la viuda de Antonio Sales mediante dicha calle.



1732 JOSEPH ULLDEMOLINS



Una casa, que poseo dentro los muros de esta villa, y junto al Portal de la Plaza, la que alinda por los lados con dicho Portal, y casal de dicho D. Joseph Querol presbytero, por las espaldas con casa de Joseph Sales de Roque, y por delante con la Calle llamada del Bayle.




1732 Mn. FRANCISCO ROCA
         Rvdo. CLERO ARES

Una casa que tengo en la presente villa, en el Camino intitulado de las heras, e o de la Peguesa por delante y espaldas con Camino de las heras, de un lado con huerto del Dr. Thomas Escurida, y de otro con casa de Joseph Sales de les Freixes.

1733 IGNACIO SALVADOR
         PEDRO PRATS

Una casa que tengo dentro los muros de esta dicha villa en la Calle intitulada del Hospital, la que alinda por los lados con dicho Hospital, y casa de Juan Carbo, de espaldas con las espaldas de las casas de Antonio Garcia, y de Joseph Marin, y por delante con casal derruido del licenciado Miguel Selma presbytero.



1733 FRANCISCO ESTEVE
         LAMBERTO CRUZ Y JOSEPHA TORNER

Un casal derruido, sito y puesto dentro de los muros de esta dicha villa en la calle vulgo dicha el Carrer Nou el que alinda por los lados con cassas de Agustin Selma, y de Miguel Lorente por delante con cassas de Cristhoval Gillida, y de Joseph Prats, dicha Calle Nueva en medio.

1733 Mn. MIGUEL ORTI ARMELLES

Una cassa que tengo, sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, en la Calle intitulada de la Abadia, que alinda por los lados, con dicha Abadia, y cassa de Vicente Sales callejon en medio, por delante con patio derruido del beneficio que obtiene el licenciado Francisco Roca presbytero mediante dicha calle en medio.



1733 Mn. FRANCISCO ROCA



Una cassa que tengo en el arraval de debajo de esta villa, la que alinda por los lados con patio derruido de Pasqual Garcia y con huerto de Luis Falco, por delante con cassa de Maria Brell consorte de Narciso Dalmau, y antes viuda de Joseph Prats dicho arraval en medio, y por las espaldas con la calle que va accia las heras.




1733 Mn. AGUSTIN ORENGA

Una cassa que tengo en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con casas de la villa, y de Isidoro Salvador, por delante con cassa del licenciado Ignacio Garcia dicho arraval en medio, y por las espaldas con huerto de Luis Falco arraval de abajo en medio.



1733 Mn. VICENTE ARMELLES



Una cassa que tengo dentro los muros de esta dicha villa, en la Calle llamada de la Abadia, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Garcia de la Belluga, y de Antonio Garcia, por delante, con cassa de Miguel Tosca dicha calle en medio, y por las espaldas con cassa de Antonio Blasco Calle que va a la Cueva en medio. 

1733 FRANCISCO ESTEVE

Una cassa que tengo bajo el Castillo de esta dicha villa a la parte de medio dia, la que alinda por los lados con bancal mio proprio, y casa de Vicente Beltran calle en medio, por delante con dicho Castillo mediante la calle, y por las espaldas con comunes de villa.


1733 JOSEPH SALES de ROQUE

Una cassa que tengo en la Plaza de esta dicha villa, la que alinda de los lados con cassa de Joseph Ulldemolins, y el cimenterio, passo que va a la nevera en medio, por las espaldas con dicha nevera, patio en medio, y por delante con dicha Plaza.

1733 ANTONIO ULLDEMOLINS

Una cassa que tengo dentro los muros de esta villa en la calle vulgo dicha del Portal de la Violeta, la que alinda de los lados con huerto de Joseph Orti, y patio derruido de Mosen Ignacio Garcia presbytero de Morella, por las espaldas con la muralla, y por delante con las espaldas de la Abadia dicha Calle en medio.

1733 JOSEPH ORTI DE JAYME

Una cassa que tengo dentro los muros de esta villa en la Calle intitulada de la Abadia, la que alinda de los lados con cassa de Antonio Garcia, y patio derruido de Joseph Marques, por delante con cassa de Ventura Fuertes dicha calle en medio, y por las espaldas con cassa de Joseph Domingo.


1733 JOSEPH GARCIA Y CIFRE

Una cassa que tengo en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con cassas de Joseph Orti de la Belladona, y del Reverendo Clero, que antes era de Mosen Gaspar Armelles presbytero ya difunto, por delante con casa de Maria Brell consorte de Narciso Dalmau y antes viuda de Joseph Prats dicho arraval en medio, por las espaldas con cassa derruida de Joseph esteve callejon en medio.

1733 ISIDRO ROCA

Una cassa que tengo en la Calle de Arriba que va a las eras de esta villa, la que alinda por los lados con cassas del licenciado Miguel Celma presbytero, y del Dr. Thomas Escurida, y por delante con tierras de Jayme Pitarch de Culla dicha clalle en medio, y por las espaldas con cassa de Miguel Garcia de Bartholome Calle de Abajo que va a las heras en medio.

1733 THOMAS ORTI

Una cassa sita en esta dicha villa, y en la Calle e o camino de la Fuente de la Peguesa, que alinda por los lados con cassa de Jacintho Escuder, y patio derruido de Agustin Selma, de espaldas con comunes de la villa, y por delante con huerto de Luis Falco calle en medio.

1733 JOSEPH MARIN
         MANUEL FALCO

Un suelo de cassa, que esta bajo los altos de la que habita dicho Falco, propria de Joseph Huguet su suegro, la que esta sita, y puesta dentro de los muros de dicha villa, y en la calle vulgo intitulada del Carrer Nou, que toda junta alinda por los lados con cassa de Carlos Marin, y patio derruido de los herederos de Jayme Orenga, de espaldas con el muro de la villa calle de Pedro Ribera en medio, y por delante con el granero de Jayme Grau dicha Calle en medio.



1733 AGUSTIN SELMA

         JAYME JOSEPH SALVADOR


Una cassa con su huerto en frente, que alinda por los lados con cassa de Antonio Orti, y casal de Thomas Palatsi, por delante con cassa de Cristoval Gillida la Calle Nueva en medio, y por las espaldas con dicho huerto la que esta sita dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle dicho lo Carrer Nou, y el huerto alinda por una parte con la citada cassa, por otra con el muro de dicha villa, por los lados, con huerto de Lamberto Cruz, y por otro con callejon publico. 

1733 IGNACIO Y THOMAS ESTEVE

Una cassa que queda por indivisso, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle intitulada de las Heras, que alinda por la parte de dichas heras con comun de villa, por otro lado, con cassa de Patricio Monfort, y por delante con cassa de Juan Vinaixa dicha calle en medio, y por las espaldas con tierras de Jaime Pitarch de Culla tambien calle en medio.

1733 BARTHOLOME ORTI
         JOSEPH Y VICENTE ORTI

Un patio de cassa sito y puesto en la dicha villa de Ares en la Calle llamada de las Eras, el que alinda por los lados con cassa de Dionisio Escuder, y de Custodio Clariach, por delante con cassa de Agustin Selma dicha calle en medio, y por la parte de abajo con las espaldas de la casa de Joseph Sales carpintero. 



1733 LAMBERTO CRUZ

         JOSEPH SALVADOR del PUIG


Un patio de cassa derruido, sito, y puesto dentro los muros de esta presente villa, y en la calle intitulada del Carrer Nou, el que alinda por los lados, con cassas de Jayme Joseph Salvador, y de Miguel Lorente, por delante con cassa de Cristhoval Gillida calle en medio, y por las espaldas con el muro de esta villa tambien calle en medio. 

1682 BARTHOLOME SALVADOR
1734 ISIDRO SALVADOR Y MARIA FERRERES
         MADALENA Y BARTHOLOME SALVADOR

Una casa sita y puesta en el arraval de esta dicha villa que alinda por los lados con casas del licenciado Agustin Orenga presbytero, y de Remigio Carbo, por la Puerta del arraval de arriba con casa el licenciado Ignacio Garcia presbytero mediante dicho arraval, y por la Puerta del arraval de abajo con casa derruida de Luis Falco dicho arraval en medio. 

1734 LDO. GASPAR ARMELLES
         Rvdo. CLERO ARES
         FRANCISCO PUIG

Una casa sita, y puesta en el arraval de arriba de esta dicha villa la que alinda por un lado con casa de Joseph Gracia y Cifre, y por otra con casal derruido de dicho Garcia, por delante con casa Maria Brell consorte de Narciso Dalmau, y antes viuda de Joseph Prats, y casal derruido de Jayme Pitarch de Culla, y por las espaldas con patio del referido Joseph Garcia y Cifre.

1734 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES

Una cassa nuestra propria, sita y puesta en esta dicha villa a la parte nombrada del camino de la Peguesa, la que alinda por un lado con cassa de Custodio Clariach cirujano, por otro lado con dicho camino, por las espaldas con cassa de Joseph Sales carpintero, y por delante con replacica.

1734 ANTONIO SALES

Una casa que tengo sita y puesta en esta dicha villa en el sitio intitulado del camino de la Muela, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Roca, y corral de Joseph Garcia y Cifre, passo en medio de espaldas con replaza, y por delante con comun de la villa.



1735 Mn. JUAN BAUTISTA GARCIA


Una cassa que detengo y poseo, sita y puesta en el arraval de esta misma villa, la que alinda por un lado con casa de la villa intitulada la Corte, por otro con casal de Jayme Pitarch de Culla por la parte de arriba con casal de Joseph Garcia y Cifre mi hermano arraval de arriba en medio, y por la parte de abajo con huertos de Luis Falco y del licenciado Francisco Roca arraval de abajo tambien en medio.



1735 PEDRO ULLDEMOLINS


Una cassa sita y puesta en esta presente villa a la parte e o Calle nombrada del Portal de na Violeta, la que alinda por un lado, con cassa del dicho licenciado Miguel Orti, por otra con casal del licenciado Vicente Armelles presbytero, por las espaldas con tierras de Miguel Juan Salvador el mayor comunes de la villa en medio, y por delante con las espaldas de otra cassa de dicho licenciado Miguel Orti, y la Abadia calle en medio.



1735 ANTONIO BLASCO



Una cassa sita y puesta en la misma villa, y en la Calle llamada del Campanario, la que alinda por los lados, con casales derruidos de Jayme Martinez, y de Roque Meseguer, por las espaldas con el Castillo de esta villa, y por delante con cassal derruido dels Escuder mediante dicha Calle.




1735 Rvdo. CLERO ARES

         REGIDORES Y PADRE DE POBRES



Un entresuelo de cassa que esta encima el pajar de Ventura Fuertes, y bajo el granero de dicho Rvdo. Clero, que toda la cassa junta alinda por delante con cassa de Joseph Orti de Jayme, por un lado con casa de dicho Ventura Fuertes, por otro lado con pajar de dicho Joseph Orti, Castillo en medio, y por las espaldas, con casal de dicho clero que era de Jacintho Beltran, y dicha cassa, y ahora graneros era de Antonio Palatsi.


1735 Rvdo. CLERO ARES
         DIONISIO PUIG

Un patio de cassa derruido, que esta sito en esta dicha villa a la Calle nombrada del Portal de na Violeta, que alinda por una parte con la muralla de esta dicha villa, y por las demas partes, con vias publicas.

1735 ANTONIO SALES Y JOSEPHA ROCA

Una casa sita en esta dicha villa, y en el sitio dicho del Llano del Algub subiendo a la Muela, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Roca, y corral de Joseph Garcia mediante passo, por delante con comun de la villa, y por las espaldas con cassa de Dionisio Puig, y tierras de Jayme Pitarch de Culla replaza en medio.

1735 JOSEPH ORTI

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada de la Abadia, que alinda por los lados con casal de Joseph Marques, y por las espaldas con casa de Joseph Domingo.

1735 BLAS ORTI (MORELLA)

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle dicha Dels Terrats, la que alinda por los lados con casa de Carlos Garcia, y cassa de Miguel Garcia escultor dicha la nevera, por delante con casa el licenciado Joseph Escuder mediante dicha calle, y por las espaldas con la Costanella, y huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero.

1736 LAMBERTO CRUZ Y JOSEPHA TORNER

Una cassa con su huerto a las espaldas de ella, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle intitulada Lo Carrer Nou, la que alinda por los lados con cassa de Antonio Orti, y casal de Martin Dolz, callejon que baja al muro de en medio, por delante con casal de Agustin Selma mediante dicha Calle, y por las espaldas con dicho huerto, y huerto de Joseph Garcia tambien Calle en medio.

1736 CARLOS GARCIA

Una casa, que tengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle intitulada dels Terrats, la que alinda por los lados con cassas de Blas Orti, y Vicente Sales cerrajero, por delante por la puerta de arriba con cassa de Pasqual Escuder dicha Calle en medio, y por las espaldas por la puerta de abajo, con huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero, tambien Calle en medio.

1736 JOSEPH ORTI DE FELIX
          ALMOSNA DELAGART

Una cassa que tenemos sita y puesta en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con cassa de Maria Brell antes viuda de Joseph Prats, y ahora consorte de Narciso Dalmau, por otro lado con tierras de Jayme Pitarch de Culla mediante passo que traviessa de un arraval a otro, por la parte de la puerta de arriba con cassa de Joseph Orti de la Belladona dicho arraval de arriba en medio, y por la parte de la puerta de abajo con casal de la viuda de Raymundo Garcia, y cassa del licenciado Francisco Roca presbytero mediante el arraval de abajo.

1736 PEDRO PRATS

Una cassa, que detengo, y posseo dentro los muros de esta presente villa, y en la Calle llamada del Hospital, la que alinda por un lado con el Hospital de dicha villa, y cassa Juan Carbo, por delante con cassal de intitulado dels Selmes dicha calle en medio, y por las espaldas, con las espaldas de la cassa de Joseph Marin.

1736 Mn. JUAN BAUTISTA GARCIA

Una cassa que detengo, y poseo sita y puesta en el arraval de esta misma villa, la que alinda por un lado con la Cassa de la Corte propria de la villa, por otro con casal de Jayme Pitarch de Culla, por la parte de arriba con casal de Joseph Garcia y Cifre, y por la parte de abajo, con huerto del infraescrito escrivano Joseph Artola, y del licenciado Francisco Roca presbytero arravales de abajo, y de arriba en medio.



1736 ESPERANZA DE OSTAL

Una casa, sita en esta dicha villa, y en la Plaza delante la Iglesia nueva, que alinda por los lados con granero derruido del Comendador, y la Sala de la Villa ahora Iglesia Calle en medio, por la parte de arriba con la Plaza de dicha Iglesia, y por la parte de abajo, con casa de Joseph Balaciart, y calle que baja a la Calle Nueva, Calle del Horno en medio.



1736 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES


Una cassa sita en dicha villa a la parte nombrada del Camino de la Peguesa, alinda por un lado con casa Custodio Clariach, por otro con dicho camino, de espaldas con casa de Joseph sales carpintero, y por delante con replazica.





1737 PATRICIO MONFORT Y VICENTA PITARCH

         MIGUEL GARCIA del RACO

Una cassa sita y puesta en esta dicha villa, en la Calle intitulada de las Eras, que alinda por un lado con cassa de la viuda de Miguel Juan Esteve, por otro con cassal de Jayme Pitarch de Culla, por delante con cassa de Dionisio Escuder, dicha calle en medio, y por las espaldas con tierras de dicho Jayme Pitarch, Calle de Arriba que va a dichas eras en medio.

1737 VICENTE FALCO (CABANES)
         MIGUEL SALES

Un patio de cassa derruido que tengo sitto y puesto en dicha villa de Ares, y en la Calle nombrada de la Cuesta de dicha villa, que alinda por un lado con cassa de Gaspar Mendaño, por otro con cassa Andres Armelles el mayor, mediante una replacica, por parte de arriba con las peñas del Castillo de dicha villa, y por la parte de abajo con comun de villa, e o el camino que baja al Baset Nou.

1737 DIONISIO ESCUDER Y IGNACIA MONFORT

Una casa que detenemos, y posehemos sita en esta dicha villa, y en la Calle dicha de las Heras, que alinda por los lados con cassa de Juan y Jayme Vinaixa, y casal de Joseph Orti de Balthasar, por parte de arriba con cassa de Miguel Garcia intitulado del Raco dicha calle en medio, y por la parte de abajo con las espaldas de la casa de Joseph Sales carpintero, y replaza. 

1737 PEDRO SALES

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, al Portal de Na Violeta, attendiendo a que en el incendio, y ruina de esta villa se perdio tambien la casa del dicho Sales principal, por cuyo motivo sus herederos estan esparcidos por esse mundo.



1737 Mn. VICENTE ARMELLES
         ANDRES ARMELLES el menor Y FRANCISCA BORRAS

Una cassa, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle llamada Portal de na Violeta, que alinda por un lado con patio de cassa de Miguel Marques, por la parte dicha calle con casa del licenciado Ignacio Garcia presbytero de Morella, dicha calle en medio, por la parte de abajo con comunes de villa, y por delante con replacica delante de dicho portal.

1737 CRISTHOVAL HERRERA Y MARIA GARCIA

Una cassa, con su huerto contiguo que detenemos y posehemos en esta dicha villa, y a la Calle intitulada de las Peñas del Castillo, que sale a la cuesta de esta dicha villa, la que alinda por un lado con las peñas de dicho Castillo dicha calle en medio, de otro lado con dicho huerto, e o muro de la villa, y este con comunes de dicha villa, de espaldas, con casal de Geronimo Garcia, y por delante con cassa de Jayme Esteve replacica en medio.



1737 MIGUEL SALES
         LORENZO SALES

Parte de un patio de cassa derruido que compre de Vicente Falco, que esta sito y puesto en esta villa, y en la Calle nombrada de la Cuesta, que alinda por un lado con la otra parte de dicho patio de mi dicho vendedor, por otro, con cassa de Andres Armelles el mayor replacica en medio, por la parte de abajo con comun de villa, e o camino que va al Basot Nou, y por delante con las peñas del Castillo.

1737 THOMAS ESTEVE

Una cassa, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada de las Heras, la que alinda por un lado con cassa de Miguel Garcia del Raco, por otro con comun de villa, antes dichas eras, por delante con cassa de Juan Vinaixa, dicha Calle en medio, y por las espaldas con tierras de Jayme Pitarch de Culla, tambien de dicha Calle de arriba en medio.

1737 MIGUEL JUAN SALVADOR
         Mn. JOSEPH ESCUDER

Patio de cassa derruido esta sito dentro los muros de esta dicha villa, y en la Calle dicha Dels Terrats, que alinda por los lados con cassa de Pasqual Escuder, y patio de cassa de Thomas Esteve, por delante con cassa de Blas Orti, dicha Calle en medio.

1738 Mn. MIGUEL ORTI ARMELLES


Una casa sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle llamada Bajos els Terrats, que alinda por un lado con la Abadia de esta misma villa, por otro con cassa de Vicente Sales cerrajero, callejon en medio, por la parte de arriba con casal del Beneficio de Mn. Francisco Roca dicha Calle en medio, y por la parte de abajo con cassa de Pedro Antonio Ulldemolins, Calle y replaza en medio.

Una cassa que detengo y posseo sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle que passa por debajo de la Abadia al Portal de Na Foresa, que alinda por una parte con huerto del licenciado Vicente Armelles, y huerto de Joseph Orti de Jayme, y por las demas partes con calles publicas.




1738 HERMENEGILDO Y BLAS MARIANO SALES


Sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle nombrada Bajo els Terrats, la que alinda por un lado, con cassa del licenciado Miguel Orti presbytero, mediante callejon que baja azia el Portal nombrado de Violeta, de otro lado con cassa de Carlos Garcia, por la parte de arriba, con casal derruido de Jayme Palatsi, dicha calle en medio, y por la parte de abajo con huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero, mediante calle, y huertecito de dicha cassa.


1738 MIGUEL JUAN SALVADOR

         Mn: JOSEPH ESCUDER

        JOSEPH GARCIA DEL MAS BLANCH

        JOSEPH SALES DE SOLANELLES

Un patio de cassa derruido, sito y puesto dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle llamada Dels Terrats, que alinda por una parte con cassa de Pasqual Escuder, por otro con patio de Thomas Esteve, por delante con cassa de Blas Orti dicha calle en medio, y por las espaldas, e o parte de arriba con la Iglesia nueva, calle, e o replaza en medio.

1738 PEDRO ANTONIO ULLDEMOLINS

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle llamada del Portal de na Foresa, que alinda por un lado con patio de casa de Miguel Marques, por otro, con huerto de Joseph Orti de Jayme, por las espaldas con el muro, e o comunes de villa, y por delante con las espaldas de la abadia dicha calle en medio.

1738 JOSEPH ROCA

Una cassa que detengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y a la parte nombrada del Pla del Algub, que alinda por una parte con cassa de Jayme Solsona, por otra con casa de Antonio Sales de Thomas, por otra con cassa de Dionisio Puig, y por otra con tierras de Jayme Pitarch de Culla. 

1738 DIONISIO PUIG

Un casal derruido sito y puesto en esta dicha villa, y a la parte dicha del Portal de Violeta, que alinda por una parte con el muro de dicha villa, y por las demas partes con vias publicas.
Una casa sita en dicha villa, en la parte nombrada del Pla del Algub, que alinda por una parte con casa de Antonio Sales de Thomas, por otra con casa de Joseph Roca, de espaldas y por un lado, con tierras de Jayme Pitarch de Culla, comun en medio, y por delante con corral de los herederos de Joseph Garcia y Cifre mediante replacica. 

1738 Mn. IGNACIO GARCIA
        JOSEPH SANCHO

Una cassa de morada, que detengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle nominada del Portal Na Foresa, que alinda por una parte con casal derruido de mi dicho vendedor, nombrado del Vinculo del Mas den Oller, por las espaldas con casa de Miguel Tosca el mayor, y por delante con cassa de Andres Armelles el menor mediante dicha calle.

1739 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES
         BALTHASAR ORTI Y FRANCISCA ORTI

Una cassa sita y puesta en esta dicha villa, y a la parte nombrada del Camino de la Fuente de la Peguesa, que por un lado y por la parte de arriba con cassa de Custodio Clariach cirujano, y casal de de Joseph Orti de Balthasar, por otro lado y por la parte de abajo con comunes de villa, que estan encima el bancal intitulado de la Baseta, mediante dicho camino, por las espaldas, con cassa de Joseph Sales carpintero, y por delante con replacica que esta delante la puerta de arriba.

1740 PEDRO RIBERA Y JOSEPHA CARBO
         JOSEPH SOLSONA Y MANUELA RIBERA
         JOSEPH MARIN (PERAYRE)

Una metad de casa, esto es, desde el suelo de la puerta de arriba, hasta el tejado, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle que esta debajo la Calle Nueva, que alinda por un lado, con casa de Joseph Marin albañil, por otros con casal de Blas Orti, paso que sale a la muralla en medio, por las espaldas, con la dicha muralla, y por delante con casal de los herederos de Bartholme Salvador calle en medio.

1740 JOSEPH MARIN (ALBAÑIL)

Una casa sita, y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada del Horno, que alinda por los lados con casas de Lamberto Monfort, y de Antonio Garcia de Melchor, por las espaldas, con las espaldas de la casa de Juan Carbo, y por delante con casa de Thomas Gillida, dicha Calle en medio.
Una casa sita, y puesta en esta misma villa, y a la parte nombrada la Calle Nueva, que alinda por un lado con casa de Joaquin Mendaño, por otro con casal de los herederos de Bartholome Salvador callejon en medio, y con casa de Joseph Marin perayre, de las espaldas con la muralla, y por delante con pajar, y corral del dicho Joaquin Mendaño, dicha calle en medio.

1740 PEDRO JUAN SALVADOR

Una casa que detengo, y poseo, en la Calle del horno, que alinda por los lados con casal mio proprio, y casa de la villa, por las espaldas con la Iglesia, mediante paso que va a la cueva de los machos de la carne, y por delante con dicha casa de la villa, dicha calle en medio.

1740 Mn. JOSEPH QUEROL
         AYUNTAMIENTO DE ARES

Un patio de casa derruido, sito, y puesto, en la Calle nombrada del Balle, que alinda por un lado con cassas de Joseph Ulldemolins el mayor, y Joseph Sales hijo de Roque, por otro con casa de Lamberto Monfort callejon que baja a la Calle Nueva en medio, por las espaldas, con casal de Agustin Selma, y muralla, y por delante, con la pilastra mas baja de la Sala nombrada de la Villa, dicha Calle del Balle en medio.



1741 JOSEPH GARCIA DEL MAS BLANCH(MAYOR)

Una casa, a la parte nombrada el Portal de la Foresa, que alinda por un lado con casal de Joseph Orti de Jayme, y por las demas partes con comunes de villa.
Otra cassa, a la parte nombrada el llano del Algibe, que alinda con cassa de Miguel Salvador el mayor, y de Vicente Orti el mayor, y con comunes de villa.

1741 MARIA THERESA BARREDA Y JUAN SALES

Una cassa sita en la Calle llamada de las Eras, que alinda por los lados con cassa el Dr. Thomas Escurida, y casal de los herederos de Raymundo Garcia, por delante con el huerto del dicho Dr. Escurida calle en medio, y por las espaldas con el Peyron del arraval de abajo.

1741 BASILIO MARIN PRATS Y MARIA DOMINGO

Una casa sita en la calle dicha lo Carrer Nou, que alinda por los lados con casa de Joseph Huguet, y casal nombrado de Antonio Roca, por las espaldas con casal de Blas Orti, calle en medio, y por delante con canaleta mediante dicha calle.

Me gustaría tener un poco de ayuda para identificar las casas, ¿Quién se anima?

domingo, 4 de diciembre de 2011

ARES DEL MAESTRE testimonio de su ruina en la guerra de sucesión 1705


Este protocolo de Joseph Gerónimo Sales escribano público, tiene mucha importancia y valor histórico, ya que de primera mano y bajo juramento, nos relatan los otorgantes,  como quedó Ares del Maestre después de la Guerra de Sucesión.
Se destruyó el Castillo, Iglesia y murallas, se arruinaron, quemadas o demolidas, las ciento y sesenta casas que tenia la villa, más veintitrés masías del término, quedando como vecinos en fecha del protocolo 81 personas, cuando antes de la guerra eran más de doscientas.
Además de la ruina personal debido al saqueo, se mermaron los ganados, y las tierras de labor, al ser quemadas, y coincidir años de fuertes lluvias y granizo,  muchas se convirtieron en pedregales.
Para poder pagar las imposiciones Reales, los vecinos tuvieron que hipotecar sus bienes, para poder hacer frente a los pagos, como muestra esta relación de censos. El Ayuntamiento tuvo también que vender comunes de la villa, para poder pagar estos quarteles




Censo de 144 libras 24/12/1707  ( P. 20/7/1718)
Agustin Selma, Bartholome Orti labradores, y Joseph Roca perayre
Censo de 300 libras 5/2/1712
Joseph García hijo de Bautista, Joseph Ortí de la Belladona, y Miguel Tosca labradores de la presente villa de Ares del Maestre.
Censo de 1.000 libras 9/4/1715
Miguel Tosca, Joseph García de Bautista, Miguel Salvador labradores, Antonio Sales de Bernardo herrero, Félix Armelles texedor, Agustín Selma, Joseph Salvador, Isidro Roca labradores, Pedro García Dr. en Derechos, Francisco Esteve herrero, Gerónymo Garcia, Joseph Garcia del Mas Blanch, Joseph Marques, y Joseph Orti de la Belladona labradores.
Censo de 440 libras 14/4/1715
Pedro Prats mayor de días, Damian Escuder, Pedro Garcia de la Vall, Francisco Garcia, Antonio Sales de Thomas, Joseph Sales de les Freixes labradores, Joseph Prats sastre, Raymundo Garcia, Joseph (Ullde) Molins, Thomas Ortí, Antonio Garcia, Miguel Juan Salvador de la Villa, también labradores, Pedro Antonio (Ullde) Molins perayre, Joseph Orti de Jayme, Joseph Sales de Thomas, y Vicente Orti también labradores.
Censo de 400 libras 29/10/1715
Miguel Salvador labrador


Día 28 de Marzo de 1715
Testimonio de la Encomienda y ruina de esta villa____________________



En la villa Ares del Maestre del Reyno de Valencia, Obispado de Tortosa, a los veinte y ocho dias del mes de Março del año mil setecientos, y quinze. Ante mi el escrivano y testigos Joseph Salvador, Alcalde ordinario, Joseph Orti, nombrado de la Belladona otro de los Regidores, de la dicha presente villa, y Miguel Juan Orti arrendador que ha sido de los frutos de la Encomienda de la dicha presente villa, por algunos años, y aun Tiniente de Comendador, vezinos de ella, y con juramento a Dios nuestro Señor, por una señal de cruz, que hizieron, me certificaron, y dieron verdadera relacion de la situacion, calidad, y valor de la renta de la Encomienda de la dicha presente villa, del estado de sus cargas, y fabricas, assi para el auto divino, como para su habitacion quien es el arrendador de su jurisdiccion, el valor actual, cargas y estado de su poblacion, los daños padecidos, assi en sus edificios como en todo lo demas desde el año mil setecientos y cinco, hasta oy, por ocasión y motivo de la guerra, y dixeron: que el valor, calidad, y situacion de la dicha Encomienda en el estado presente vendra a ser unos años con otros hasta setecientas libras moneda de Valencia en poca diferencia, que el estado de sus cargas, es a saber de la dicha Encomienda diez y siete libras y seis sueldos que paga todos los años de subsidio, y escusado, y la villa las responciones de sinco mil libras, y demas diez mil setecientas, y quarenta libras que ha pagado de quarteles desde el año mil setecientos, y siete hasta el presente, sin otras obligaciones a que esta tenida, despues de aver vendido, y empeñado todos, o la mayor parte de sus bienes, que posehia la villa en comun, para hazer el servicio de su Magestad (que Dios guarde). Y que para el culto divino, solo hay la casa de la villa, que para este fin, y con mucha dificultad, por la gran pobreza de sus moradores (despues de aver estado por algun tiempo Christo nuestro señor en una pobre casa particular) se reedifico y compuso con no tan sobrada decencia, como se requiere, por aver demolido el templo hasta los simientos, dexando baxo sus ruinas los altares, sagradas imágenes, organo, ornamentos, y demas cosas, de que estava asistida la Iglesia, la qual aviendose de restablecer en la forma y estado que estava, por aver sido Iglesia, altares, y ornamentos de lo mas luzido, y precioso destas vezindades, costaria mas de treinta mil pesos, y aun se obligo la villa para que no se llevassen las campanas a responder, y pagar un censo de quinientas libras que oy paga. Que el valor actual, y estado de su poblacion esta deterioradissimo, y es muy menor de lo que fue, haviendose parado sus vezinos a la ultima miseria, pues quedaron sin vagages, ni bienes algunos, ni en donde morar, ni poder habitar, por que se arruinaron, quemaron, y demolieron todas las casas de la villa, que eran ciento, y sesenta, sin quedar ninguna libre del incendio, ni aun dos graneros que tenia el Sr. Comendador que valdrían unas quatrocientas libras, ni menos el templo, y Castillo que uno, y otro era de excesivo valor, y assi  mismo se quemaron veinte, y tres masias del termino, las quales, y casas según comun estimación valdrian unas con otras, a duscientas libras, y sin estos daños ruinas, y perdidas de Iglesia, Castillo, muros de la villa, casas, masias, padecio Ares muchos mas, pues saquearon y tomaron a sus vezinos todos sus ganados, bienes muebles, y alajas (que de ganados menores solo, havia mas de veinte mil cabezas) y un gran numero de mayores, mucho trigo, y otros granos, y todo el trigo, y demas granos que tocavan por diezmo a los Sres. Obispo, Comendador, Retor, y Priores en el año mil setecientos, y siete, sin que hasta oy las tierras se hayan podido trabaxar por la falta de vagages, de manera que a las cosechas falta un tercio, y mas de lo que se acostumbrava alçar, tanto de granos, como de ganado, ni se espera de muchos años las cosechas passadas, por la falta de dicho cultivo, y aun por la ruina que ocasionaron las aguas en el año passado, pues por aver llovido en tanto extremo, y siendo la tierra tan montuosa, se la ha llevado en muchos puestos, en tal manera que no han quedado, si no las peñas. Que al presente no esta arrendada la Encomienda, si que esta en administracion la qual rige Bernardo Garcia, y su jurisdiccion es como la de las Encomiendas de la religion de Montesa, y se estiende a villa y termino, y sus moradores los quales son en numero vizinal ochenta y uno. Todos los quales daños, y ruinas arriba referidos padecio esta villa desde el dicho año mil setecientos y sinco que empezo la guerra, a los ultimos de Deziembre hasta oy. Todo lo qual dixeron saber por ser vezinos, y moradores de la presente villa de Ares, en donde han vivido, y habitado siempre exerciendo muchas vezes dichos sus officios, y aun en las cofradias y obrerias de Iglesia, y dicho Miguel Juan Orti ademas de lo susodicho por muchos años la Encomienda. Y lo que llevan dicho es la verdad so cargo del juramento tienen fecho, y lo pidieron por testimonio, el qual por mi dicho escrivano les fue fecho en la dicha villa de Ares del maestre, a los dia, mes y año dichos. Y lo firmaron los que supieron, y por el que dixo no saber, a su ruego lo firmo uno de los testigos que lo fueron Custodio Clariach sirujano, Jayme Palatzi perayre, y Joseph Balaguer carpintero vezinos de la dicha villa de Ares.

Joseph Salvador
Miguel Juan Orti
Testigo y por Joseph Orti  Custodio Clariach

Ante mi Joseph Geronimo Sales  escrivano





Dia 24 de Agosto de 1718
Venta de comunes______________________

Sepase por esta carta como nos el Consejo, Justicia, y Regimiento de la presente villa de Ares del Maestre, juntos  en nuestro Cabildo, como lo havemos de uso, y de costumbre,  para tratar,  y conferir las cosas tocantes a nuestra comunidad, Joseph Garcia de Bautista Alcalde ordinario, Miguel Tosca, Francisco Esteve, y Joseph Sales de les Freixes Regidores, Antonio Sales de Bernardo Tiniente de Alcalde, y el Dr. Pedro Garcia Sindico, y Procurador General de ella, en el corriente año, officiales del dicho Consejo; Y siendo assi juntos, congregados, y convocados por Miguel Trinchant ministro, de la presente villa, para la presente hora, según me ha hecho relacion de que doy fee. Por nos, y en nombre de los demas ausentes, y de los que en adelante fueren, por quienes prestamos caucion de rapto, en forma, para que auran por firme, lo aquí contenido, so expresa obligacion de los proprios, y rentas de este Consejo. Dezimos que por haver venido esta villa muchas perdidas, y menos cabos en el incendio de ella, y al presente no tiene rentas algunas de que poderse valer, para acudir a las imposiciones Reales, y en estos años atrás estaba mas imposibilitada, para poner el repartimiento del quartel entre los vezinos, y cobrarle de ellos, no huviera sido posible, por razon de haver quedado muy pocos, despues de la quema, y estos tan pobres que no les quedo cosa alguna, por haver perdido todos sus caudales, y aun hasta sus proprias casas, y aunque se le huviesse quitado la ropa de su vestir, no huvieran podido pagar. Por lo qual fue preciso para pagar dichas imposiciones haver de vender entre otras cosas la Dehesa dels Pudolars, y el comun de la Cueva den Batalla, los quales comunes vendieron a Pedro Sales labrador vezino de esta villa, por precio de trescientas libras, moneda de Valencia, como a mas precio pujante, despues de haverse corrido, y subastado, por tiempo y espacio de mas de treinta dias, se remato en el dicho Pedro Sales, según relación, que de todo lo susodicho me haze Miguel Trinchant ministro, y corredor publico de la dicha presente villa, de que doy fee yo el infraescrito escrivano, la qual cantidad entro en poder de la dicha presente villa, como consta por las cuentas que dio Joseph Salvador, hijo de Miguel, jurado que fue de la dicha presente villa en los años mil setecientos, ocho, nueve, y diez. Los quales comunes se agregaron a la Mazia del dicho Pedro Sales, nombrada la Torre dels Beltrans, la que despues ha vendido este a Jayme Grau, mercader vezino de la villa de Benaçal. Y como ni el dicho Pedro Sales, ni el dicho Jayme Grau tengan titulo alguno de los dichos comunes, constandonos por la dicha entrada de dicha cantidad, como por la relacion del dicho Miguel Trinchant. Diciendonos el dicho Jayme Grau se otorgue dicha escritura de venta, lo hemos tenido por bien, por ser justo, y a razon conforme que aviendo pagado, y entregado dicha cantidad, tenga titulo para poder hazerse conocer por dueño. Y para que tenga efecto, como mejor aya lugar de derecho, siendo siertos, y sabidores del que en este caso nos pertenece, otorgamos, y conocemos, por esta carta que vendemos, y damos en venta Real, por juro de heredad, para siempre jamas, al dicho Jayme Grau, mercader, vezino de la dicha villa de Benaçal, que esta presente y acceptante, como a dueño, y señor de la dicha Masada, nombrada la Torre dels Beltrans, que solia ser del dicho Pedro Sales, y a sus succesores, los dichos comunes nombrados, el uno la Dehesa dels Pudolars, y el otro el comun de la Cueva den Batalla, con los limites, y linderos que tienen, que son los del dicho comun de la Dehesa dels Pudolars, por la una parte con tierras de la dicha Masada, que solia ser del dicho Pedro Sales, de otra con tierras de la Masada de los herederos de Miguel Juan Salvador, nombrado del Puig del Mas, assagador en medio, de otra con el comun de la Fuente de Nadali, y de otra con la Rambla Carbonera. Y el dicho comun nombrado de la Cueva den Batalla, limita por la una parte con tierras de la Masada de Thomas Sales, de otra con tierras de la Masada de Mn. Joseph Beltran de la villa de Benaçal, y de otra con tierras de la dicha Masada del dicho Jayme Grau, libres de tributo, memoria, ni otro cargo, señorio, ni obligacion especial, ni general, y por tales les asseguramos, y certificamos en dichos nombres, por dicho precio de trescientas libras, de dicha moneda, que pago y entrego el dicho Pedro Sales en dichas cuentas, para pagar dichos quarteles, y renunciamos la excepcion de la non numerata pecunia, leyes de la entrega, e prueva, y otorgamos resibo en forma. Y nos desistimos, y apartamos en dicho nombre del derecho, y accion, propiedad señorio, y posession, titulo, voz, y recurso, y otro qualquiera derecho que nos pertenezca, a los dichos comunes, y todo ello lo cedemos, renunciamos, y traspassamos en el dicho Jayme Grau y en quien su derecho representare, para que como dueño absoluto les goze, con sus entradas, y salidas, usos, costumbres, servidumbres, y todo lo demas que de fecho, y de derecho les pertenesse. Y le damos poder para que por si, o judicialmente entre en ellos, y tome, y aprehenda la posession, y tenencia de ellos, y nos constituhimos por sus inquilinos tenedores, y possehedores, para le poner en ella cada que nos lo pida. Y nos obligamos a la eviccion, seguridad, y saneamiento de esta venta, en tal manera, que de qualquiera pleyto, debate, o diferencia, que sobre ella fuere movido, siendo requirido por su parte (en qualquier estado que estuvieren, aunque este hecha la publicacion de probanças) tomaremos la voz, y defensa, y los siguiremos y acabaremos a nuestra costa, hasta vencerlos, y dexarle en quieta posession (y lo mismo haran nuestros successores) y no cumpliendolo por no querer, o no poder cumplirlo, en el mismo instante le bolberemos, o nuestros successores le bolveran, y entregaran las dichas tresciebtas libras, que se han pagado, las labores, y aumentos que huvieren fecho, y los daños, y costas que se le siguieren, y el mas valor adquirido con el tiempo, y por todo ello como si aquí tuviera liquidacion, y esta escritura fuera executiva de plaço asignado al dia que llegare el caso referido, se nos execute con solo su juramento, en que lo diferimos, y sin otra prueva de que le relevamos aunque de derecho se requiera, y declaramos que el justo precio, y valor de los dichos comunes vendidos, son las trescientas libras de dicha moneda recibidas por ellos, y de lo que mas pueden tener, y valer, en qualquiera forma, y cantidad, le hazemos gracia, y donacion, pura, perfecta, y acabada intervivos, con insinuacion, al dicho Jayme Grau comprador. Y renunciamos la ley del ordenamiento Real de Alcala de Henares, que trata de lo que se compra, vende, e permuta por mas, o menos de la mitad del justo precio, y los quatro años, que teniamos para repetir el engaño, y que se reduxesse este contrato a su valor, si padeciera engaño, y las demas leyes que con ella concuerdan. Y para todo lo susodicho, y cumplimiento de ello, obligamos los proprios, y rentas de este Ayuntamiento havidos, y por haver, y nuestras personas en dichos nombres. Y damos poder a las justicias de su Magestad (en especial a las de este presente Reyno de Valencia, a cuya jurisdiccion nos sometemos, e a nuestros bienes, y renunciamos, nuestro domicilio, y otro fuero que de nuevo ganaremos, y la ley si convenerit, de jurisdictione omnium judicum, y la ultima pragmatica de las summissiones, y demas leyes, e fueros de nuestro favor, y la general del derecho en forma) para que nos apremien como por sentencia passada en cosa juzgada, y por nosotros conssentida. E renunciamos en voz, y en nombre de las mugeres de esta villa las leyes de velleyano senatus consulto, nuevas constituciones, leyes de Toro, de Madrid, Partida, y las demas de su favor, y la general del derecho en forma. Y juramos por Dios nuestro Señor, y por una señal de cruz, de cumplirlo assi, y de no pedir beneficio de restitucion, por el privilegio de menor edad que gozamos, ni absolucion, ni relaxacion de este juramento, a quien nos la pueda conceder, y si de proprio motu se nos concediere, no usaremos de ella pena de perjuras. En cuyo testimonio otorgamos la presente en la villa de Ares del Maestre a los veinte y quatro dias del mes de Agosto del año mil setecientos, y diez, y ocho. Y los otorgantes que yo el escrivano, doy fee que conozco, el que supo escribir lo firmo, y por los que dixeron no saber, a su ruego lo firmo uno de los testigos que lo fueron Thomas Moles escriviente, Pedro Sales labrador, y Assensio Colom cantero, vezinos de la dicha villa de Ares.

D. Pedro Garcia

Testigo, y por los demas otorgantes, Thomas Moles
Ante mi Joseph Geronymo Sales escrivano



sábado, 26 de noviembre de 2011

ARMELLES........en los protocolos notariales de JOSEPH GERONIMO SALES (16??-1735)

Lo que queda, de los protocolos de Joseph Gerónimo Sales, se conserva en el AHNPM (Morella), fué notario publico residente en Ares, después de la Guerra de Sucesión, sustituyendo, quizás, al difunto Gregorio Santa María, cuyos protocolos por desgracia fueron destruidos en el incendio de Ares, según como indica este notario en alguno de sus protocolos.

Este es el testamento de María Orti mujer de Andres Armelles Marti, en el aparecen Vicente Armelles Marti presbítero cuñado, y sus hijos Andres Armelles Orti y Vicenta Armelles Orti. La transcripción es literal y con la ortografía de la época y del notario.

Dia 6 de marzo 1715
Testamento______________________________________________________
En el nombre de Dios nuestro Señor, y de la Virgen Santissima su madre, y Señora Nuestra concebida sin mancha, ni sombra de la culpa original en el primero instante de su ser purissimo, y natural Amen.
Sepase como yo Maria Orti muger que soy de Andres Armelles, vezina que soy de la presente villa de Ares del Maestre, estando desganada en la cama de enfermedad corporal, de la qual temo morir, pero en mi libre juizio, memoria, y entendimiento natural, y creyendo como firmemente creo en el Misterio de la Santissima Trinidad, Padre, Hijo, y Espiritu Santo, tres personas distintas, y un solo Dios verdadero, y en lo demas que tiene, cree, y confiessa nuestra Santa Madre Iglesia de Roma, en cuya fee he vivido, y protesto vivir, y morir, temiendome de la muerte que es natural, y deseando salvar mi alma, otorgo mi testamento en la forma siguiente:
Primeramente mando, y encomiendo mi alma a Dios nuestro Señor, que la crio, e redimio, con el inestimable precio de su sangre, y suplico a su Magestad la lleve consigo a su gloria, para donde fue criada, y el cuerpo mando a la tierra, de que fue formado.
Item mando, que quando la voluntad de Dios nuestro Señor, fuere servida de llevarme de esta presente vida, mi cuerpo sea sepultado en el Cementerio de la Parroquial Iglesia de la presente villa, dexando a arbitrio de mis albaceas mi entierro. Para el qual tomo de mis bienes la cantidad de diez y ocho libras, moneda de valencia, y pagado dicho entierro, actos funerales, derechos parrochiales, y novenas, con las ofrendas acostumbradas, de lo que sobrare, me hagan selebrar dichos, e infraescritos mis albaceas, misas rezadas a su arbitrio.

E nombro por mis albaceas testamentarios al licenciado Vicente Armelles presbytero, residente en la Parroquial Iglesia de esta dicha villa, mi cuñado, y al dicho Andres Armelles, de mi muy amado esposo, vezino de la presente villa, a los quales doy poder como se requiere, para que de lo mas bien parado de mis bienes vendan los que bastaren hasta la dicha cantidad de diez y ocho libras, de dicha moneda, y cumplan, y paguen lo expresado por mi en este mi testamento, sobre que les encargo las conciencias; y de lo que obraren, y hizieren den cartas de pago, y lo demas que pareciere conveniente, según el caso que se ofrezca, y valga como si yo lo otorgasse.
Y cumplido, y pagado, este mi testamento, en el remanente de mis bienes, derechos, y acciones que me pertenecen, y puedan pertenecer, dexo en usufructo de ellos al sobredicho Andres Armelles mi marido, para que los usufructe, goze, y administre como dueño absoluto, hasta que Andres Armelles, y Vicenta Armelles, nuestros hijos tomen estado, o tengan la edad competente para poderlos administrar, y rejir, a los quales instituyo, y nombro por mis legitimos, e universales herederos, para que los ayan, y hereden ygualmente con la bendicion de Dios y mia, dando facultad, y permiso al dicho Andres Armelles, mi marido, para que pueda mejorar, a Andres Armelles, o Vicenta Armelles, nuestros hijos, en el remanente del quinto, y en el tercio de mis bienes, o aquel que bien vistoy obediente le fuere, y sucediendo el caso que el uno de los dos mis hijos muriesse antes de tomar estado, le suceda el otro en todo, y faltando los dos de esta presente vida, en este caso es mi voluntad que pagados los entierros de ellos, de lo que quedare por los dichos mis albaceas se me haga selebrar todo el sufragio que le queda en la parrochial Iglesia de la dicha presente villa por anima mia, y de todos aquellos que tengo obligacion.
Y  reboco y anullo otros qualesquier testamentos, y codicilos, que antes de este aya hecho, por escrito, de palabra, o en otra forma, para que no valgan, ni hagan fee, salvo este que ahora otorgo, que quiero que valga por mi testamento, y ultima voluntad, por la via, y forma que mejor aya lugar en derecho. En cuyo testimonio lo otorgo en la villa de Ares del Maestre a los seis dias del mes de Marzo del año mil setecientos quinze. Y la ottorgante que yo el escrivano publico doy fee que conozco, no firmo por que dixo no saber, y a su ruego lo firmo uno de los testigos que lo fueron Joseph Vinaixa clergue, Vicente Sales serragero, y Pedro Antonio Molins perayre vezinos de la dicha villa de Ares. A los quales fue interrogado por mi el escrivano, si conozian a la dicha testadora, y si aquella estava en su juizio cabal para para disponer  de sus bienes, Y si dicha testadora conozia a dichos testigos, y todos unanimes dixeron que si, nombrandose por sus nombres, sobrenombres, e yo el dicho escrivano conosi a todos muy bien, y ellos a mi.
Testigo y por la otorgante  Joseph Vinaixa Clergue
Ante mi Joseph Geronymo Sales escrivano

Este protocolo posterior  Andres Armelles Marti se vuelve a casar, en el aparece su padre Felix Armelles y su madre Pasquala Marti

Dia 6 de Deziembre de 1716
Capitulos Matrimoniales_________________________________________

Sepase por esta carta como nos Felix Armelles, y Andres Armelles texedores de la una parte, y Gaspar Tosca labrador vezinos de la presente villa de Ares del Maestre de la otra: Dezimos que a servicio de Dios nuestro Señor, y con su gracia havemos tratado de que yo el dicho Andres Armelles, hijo legitimo, y natural del dicho Felix Armelles, y de Pasquala Marti consortes, que case en primeras nupccias con Maria Orti de la una parte, me case en paz de la Iglesia con Maria Tosca donzella, hija legitima, y natural de mi el dicho Gaspar Tosca, y de Apolonia Selma consortes, de la otra parte. Y para que tenga efecto, y sustentemos nuestras obligaciones, como mejor aya lugar en derecho, y siendo sabedores del que en este caso nos conbiene, y perteneze, de nuestra voluntad otorgamos, y conosemos que prometemos, y concordamis los capitulos por razon del dicho matrimonio, en la forma y tenor que inmediatamente le sigue.


Primeramente se ha tratado, conbenido, y ajustado, por y entre nosotros las dichas partes, que por atencion del dicho matrimonio, yo el dicho Felix Armelles, prometo dar, según que por el presente capitulo doy, al dicho Andres Armelles, mi hijo, en subvencion del dicho su matrimonio con la dicha Maria Tosca donzella, una casa que tengo en la presente villa en la calle nombrada de les Roques al Portal de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con comun de la villa a la muralla, con casa de Ignacio Mendaño, con dicho portal, y con comun nombrado lo Singlet de les Roques, la qual donacion hago y aya de surtir a su efecto despues de su vida, y de la dicha Pasquala Marti su muger legitima, y que haya de tomar en la misma conformidad, y con los cargos estara en seguida del ultimo que muriere de nosotros, reserbandose el derecho de poder disponer sobre ella en su ultima voluntad en la cantidad de quinze libras moneda de Valencia; Y el dicho Andres Armelles presente la accepta la dicha donacion, y promete llevar como por el presente capitulo lleva, en ayuda de su matrimonio con la susodicha Maria Tosca donzella, todos los bienes que aquel tiene assi muebles, e por simovientes, y rahizes.
En seguida de lo qual, se ha tratado, convenido, y ajustado, por, y entre nosotros las dichas partes, que yo el dicho Gaspar Tosca, prometo, y me obligo a dar, y en este capitulo doy a la dicha Maria Tosca donzella  mi hija, en ayuda y subvencion de su matrimonio con el dicho Andres Armelles en lo venidero consortes, cinquenta libras moneda de Valencia pagadoras en tres iguales pagos, dentro tres años contadores del dia resibiran las bendiciones nupciales en adelante, una paga cada un año, y si passado dicho termino, no hubiere pagado tenga obligacion de pagarle, y corresponderle sobre mis bienes, todos los años medio cahiz de trigo, medida del presente Reyno de Valencia, quedandome la facultad de poderle redimir en tres iguales quitaciones.

Tambien llevara la dicha mi hija en ayuda, y subvencion del dicho su matrimonio, diez libras moneda de valencia que los señores Regidores e o jurados de la presente villa le han consignado de las rentas de la almosna de Berenguer den Festa.
Ittem promete que la dicha su hija hira al dicho matrimonio bestida, y adornada, a huso, y platica de la tierra según su posibilidad y estado.
Ittem se ha tratado conbenido, y ajustado, por, y entre nosotros las dichas partes, que nos los dichos Andres Armelles, y Maria Tosca donzella en lo venidero consortes presentes siendo, ayamos de estar hermanados en todos nuestyros bienes, desde el dia que recibiremos las bendiciones nupciales en adelante; Y de dichos bienes se haga comun, para que todos anden juntos, en empleos nuestros, y todo corra por mano de mi el dicho Andres Armelles, y de lo que fuere procediendo se hagan otros empleos, y assi se proceda, y continue mientras durare dicho matrimonio. Y quando Dios fuere servido disolverle faltando el uno de nosotros en este caso el que sobreviviere haya de tirar y tire a  su parte la metad de los bienes, y cargos que hubiere la dicha ermandad, y los herederos del que premuriere tiren la otra metad. Queriendo como por el presente capitulo declaramos es nuestra voluntad que sea suplido en el qualquiera defecto de clausulas, y substancia para su valididad, y firmeza, añadiendo fuerza a fuerza, y contrato a contrato.

Y en la manera que va explicado, nos obligamos de cumplir todo lo susodicho, y no nos apartar de ello, por ninguna causa, ni razon que aya, aunque alguno de nos la tenga legitima, y de derecho, ni nos opondremos, ni lo contradiremos en tiempo alguno; Y si de hecho alguno de nos lo hiziere, no ha de ser ohido en juizio sobre ello, antes sea desechado del, como quien intenta accion que no le pertenece. Y que por el mismo caso sea visto aver aprovado, y rebalidado esta escritura con todas sus fuerzas, y solemnidades de derecho necessarias. Y desde luego para entonces, lo hazemos, y otorgamos, añadiendo fuerza a fuerza, y contrato a contrato. Y assi lo guardaremos, cumpliremos, y executaremos en todo, y por todo, y para que mas nos perjudique, lo havemos de nuevo por repetido segunda vez en esta clausula, y nos imponemos por pena convencional diez libras moneda de Valencia, que ha de pagar la parte que la contradixere, y rectamente en todo, o en parte, y las aya, y cobre la parte obediente, que se ha de executar todas las vezes que se contradixere, y contraviniere a esta; y la dicha pena pagada o no pagada, o graciosamente remitida, toda via, se ha de guardar, y cumplir; Y para ello obligamos nuestras personas, y bienes, abidos, y por haver; Y damos poder a las justicias de su Magestad (en especial a las de este presente Reyno de Valencia a cuya jurisdiccion nos sometemos, e a nuestros bienes, y renunciamos nuestro domicilio, y otro fuero que de nuevo ganaremos, y la ley si convenerit de jurisdictione omnium, y la ultima pragmatica de las sumissiones, y demas leyes, e fueros de nuestro favor, y la general del derecho en forma) para que nos apremien a ello como por sentencia passada en cosa juzgada, y por nosotros consentida. En cuyo testimonio otorgamos la presente en la villa de Ares del Maestre a los seis dias del mes de Deziembre del año mil setecientos, y diez y seis. Y los otorgantes que yo el escrivano Real y Publico doy fee que conozco, el que supo escribir lo firmo, y por los que dixeron no saber, a su ruego lo firmo uno de los testigos que lo fueron. El licenciado Francisco Roca presbytero, el Dotor Thomas Carlos Escuriola, y el Dotor Pedro Garcia Dotores en ambos derechos moradores de la dicha villa de Ares del Maestre


Andres Armelles

Testigo, y por Gaspar Tosca   Dr. Pedro Garcia

Testigo, y por Felix Armelles  Dr. Thomas Carlos Escurida

Testigo, y por Maria Tosca  Dr. Pedro Garcia

Ante mi Joseph Geronimo Sales escrivano