domingo, 3 de febrero de 2013

Herencia de Andrés Armelles y Ferrando

 
 
 

Andrés Armelles y Ferrando (1793-1876), casado con Joaquina Ortí Milian (1798-1867), son los progenitores de todos los Armelles actuales. El resto de ramas de Armelles desaparecen, y queda esta hasta la actualidad. He observado el caso curioso, de que los Armelles engendramos más hijas que hijos. De vez en cuando sale alguno que engendra hijos, y con ellos se conserva el apellido. Tuvieron diez  descendientes vivos que fueron :  Tomasa, Ramón, Práxedes, Vicente, Marcos, Blas, Andrés, Joaquina, Ramona y Carmen, de los cuales Blas y Ramona se quedaron solteros.

Testamento de Andrés Armelles y Ferrando:

En la ciudad de Castellón de la Plana a veinte y siete de Febrero de mil ochocientos sesenta y ocho.

En el nombre de Dios todo poderoso, yo Andrés Armelles hijo de Blas y de Tomasa Ferrando ya difuntos, natural y vecino de Ares del Maestre, propietario de setenta y cinco años de edad, viudo, hallado accidentalmente en esta capital, en completa salud, y en libre uso y ejercicio de mis facultades intelectuales, memoria clara y habla expedita, según parece a los testigos, y al infraescrito notario, previa declaración de profesar la Religión Católica Apostólica Romana como cristiano, ordeno y dispongo mi testamento en la forma siguiente.
Primero: Quiero que mi cadáver amortajado y colocado en ataúd sea enterrado en el Campo Santo con entierro según costumbre de mi domicilio; que se digan las tres misas de cuerpo presente, y además han de celebrarse en sufragio y por el descanso de mi alma tres trentenarios de misas rezadas, retribuido todo con la limosna de costumbre.
Nombro en albaceas, y ejecutores de esta disposición a mis hijos D. Andrés Armelles coadjutor de la parroquia mayor de esta ciudad, y a Vicente Armelles vecino de Zurita.
Segundo: Declaro que de mi único y legítimo matrimonio con Joaquina Orti tengo en hijos legítimos también a Tomasa Armelles y Orti casada con Pascual García, Ramón que falleció, dejando en hijos a Antonio, Rosa, Luis y Gaspar Armelles y García, Práxedes Armelles y Orti, casada con Miguel Puig, Vicente, Marcos, Blas, Joaquina, Ramona, Carmen casada con Rafael Fabregues, y D. Andrés Armelles y Orti mayores todos de edad.
Tercero: No quiero que se mente cosa alguna a ninguno de mis hijos por razón de lo que yo haya gastado en estudios y quintas.
Cuarto: A mi hijo D. Andrés le faculto para que elija si quiere en parte de pago de su legítima, los tres cubiertos que tengo de plata, el crucifijo, y cuadros sobre hierro, o aquellos de estos objetos que le acomoden.
Quinto: Usando de las facultades que me están concedidas por nuestras leyes, mejoro en el tercio y quinto de todos mis bienes, derechos, y acciones presentes y futuras a mis dos hijos Blas y Ramona Armelles Orti, de libre disposición, con obligación de entregar por solo una vez ciento cincuenta escudos, a mi hijo D. Andrés Armelles, y otra suma igual a la persona o personas que yo delegue en memoria particular que yo dejaré firmada, la cual se tendrá por parte integrante de este testamento, facultando a mis albaceas, para que la reconozcan y declaren tal, ni que sea necesaria ninguna diligencia judicial, ni acto posterior, y si yo no lo hiciere quedarán dispensados de la entrega de esas mismas cien libras.
Sexto: Del remanente de mis bienes, derechos y acciones instituyo herederos a mis diez nombrados hijos, Tomasa, Práxedes, Vicente, Marcos, Blas, Joaquina, Ramona, Carmen y Andrés Armelles y Orti, y en representación de Ramón a sus hijos Antonio, Rosa, Luis y Gaspar Armelles y García.
Quiero que mis bienes se inventaríen, evalúen y partan extrajudicial y amistosamente por mis herederos, o contadores que de común acuerdo nombren, consignándose todas las operaciones tan solo por medio de escritura pública que tendrá la misma validez legal necesaria que si por mi estuviese hecha la división; pues en uso del derecho que me concede la Ley de enjuiciamiento civil, prohíbo expresamente la intervención judicial en los asuntos de mi testamentaria aunque interesen menores, ausentes o incapacitados.
Revoco por el presente el testamento que otorgué de mancomún con mi ahora difunta esposa, y otro posterior que autorizó el notario de Morella D. Gaspar Jovani, y cualquiera que apareciere de fecha anterior al presente.
En cuyo testimonio así lo dijo y otorgó ante mi D. Félix Cruzado y Vilarroig notario del Colegio del territorio de Valencia, vecino y con residencia en esta ciudad, y de los testigos D. Miguel Pachés y Llansola, D. Tomás García y Espeleta y Vicente Pachés y Colás vecinos todos de esta ciudad, y advertidos del derecho que tienen para leer por sí este documento, procedí por su acuerdo a la lectura del mismo, en cuyo contexto se ratificó y firma. De todo ello, del conocimiento del testador y de contarme su profesión y domicilio doy fe.
 
Repartición de la herencia:
Don Luis Monterde y Guimerá, casado, de cincuenta y ocho años de edad, Notario del ilustre Colegio del territorio de Valencia, vecino y con residencia en Villafranca del Cid, según resulta de la cedula personal que acompaño, número diez, por todos nombrado unánimemente por Tomasa Armelles y Orti y su esposo Pascual García y Cruz, por Práxedes Armelles y Orti y su marido Miguel Puig y Sales, por Blas y Ramona Armelles y Orti, por Antonio, Luis, Gaspar y Rosa Armelles y García, y por Francisco Marques y Selma esposo de la Rosa,  estos cuatro en representación de Ramón Armelles y Orti su padre, todos mayores de edad, por Isabel Salvador y Moya, como madre, tutora y curadora nata de Joaquina y Marcos Armelles y Salvador, y de José Armelles y Salvador, menores de edad, con intervención de la Joaquina y José por ser mayores de los doce y catorce años, mas no del Marcos por ser menor de los catorce, por Águeda Armelles y Salvador, y su marido Pascual Selma y Orti, y Francisco Armelles y Salvador, estos mayores de edad, y los cinco en representación de su padre Marcos Armelles y Orti, y todos los que hasta aquí son relacionados, son vecinos de la villa de Ares del Maestre, excepto el José Armelles y Salvador que lo es de Villafranca del Cid, por ser ya casado, por Vicente Armelles y Orti, vecino de Zurita, por Don Andrés Armelles y Orti presbítero, Coadjutor de la parroquia mayor de Castellón de la Plana, vecino de la misma, por Joaquina Armelles y Orti, soltera, vecina también de la ciudad de Castellón, mayores de edad, y por Rafael Fabregues y Carles, viudo de Carmen Armelles y Orti, como padre, tutor, y curador de sus hijos Rafael, Águeda, Margarita, Antonio y Teresa Fabregues y Armelles, el Rafael mayor de edad, por sus cuatro hijos menores de los doce y catorce años, sin intervención de estos, por la misma razón, y vecino de la ciudad de Tortosa, en representación de su madre Carmen, todos hijos de Andrés Armelles y Ferrando y nietos del mismo, e instituidos por sus únicos y universales herederos en el testamento bajo del cual falleció, y que más adelante se menciona, hago liquidación cuenta y particiones de todos los bienes y créditos que dejo el expresado Andrés Armelles y Ferrando entre sus herederos, en vista, reconocimiento y escrupuloso examen de su testamento, y de otros papeles relativos al desempeño del cargo, y para mayor claridad de esta diligencia debo hacer las suposiciones siguientes.
Primera:
Andrés Armelles y Ferrando falleció en la villa de Ares del Maestre el día diez y ocho de Agosto del pasado año mil ochocientos setenta y seis, con testamento otorgado ante don Félix Cruzados Vilaroig Notario de la ciudad de Castellón de la Plana, en veinte y siete de Febrero de mil ochocientos sesenta y ocho, en el que dispone entierro de tres misas de cuerpo presente, y además que se celebren en sufragio y descanso de su alma tres trentenarios de misas rezadas retribuidas con la limosna de costumbre, declara tener en hijos legítimos, del matrimonio único y legitimo con Joaquina Orti, a Tomasa, Ramón que falleció dejando en hijos a Antonio, Rosa, Luis y Gaspar Armelles y García, Práxedes, Vicente, Marcos, Blas, Joaquina, Ramona, Carmen y Don Andrés Armelles y Orti, todos mayores de edad, mejora en el tercio y quinto de todos sus bienes, derechos y acciones presentes, y futuros, a sus dos hijos Blas, y Ramona Armelles y Orti, de libre disposición, con obligaciones de entregar por solo una vez ciento cincuenta escudos a su hijo Don Andrés Armelles, y otra suma igual a la persona o personas que designare su memoria particular que dejare firmada, y si no lo hiciere quedaban dispensados de la entrega de dicha cantidad, lo cual así se ha verificado, puesto que, la tal memoria no ha parecido, instituyo en el remanente de sus bines, derechos, y acciones por herederos a sus diez hijos, Tomasa, Práxedes, Vicente, Marcos, Blas, Joaquina, Ramona, Carmen y Andrés Armelles y Orti, y en representación de Ramón a sus hijos Antonio, Rosa, Luis y Gaspar Armelles y García, y por ultima, previene, que sus bienes se inventaríen, evalúen y partan extrajudicial y amistosamente por sus herederos, o contador que de común acuerdo nombren los interesados, prohibiendo expresamente la intervención judicial en los asuntos de su testamentaria, aunque interesen menores, ausentes o incapacitados.  
Segunda:
Las únicas deudas de esta testamentaria consisten en cinco mil diez pesetas, sesenta y dos céntimos, a saber: novecientas pesetas que se están adeudando a la nación, por ocho plazos que faltan satisfacer de la casa nueva o granero, comprado a la misma, y las restantes, deuda a favor de algunos de los interesados en esta partición, de la legitima materna que les correspondió a la muerte de aquella, lo cual se expresara en el lugar oportuno.
Tercera:       
Andrés Armelles y Ferrando ofreció y dio su capital al contraer matrimonio sus hijos, a saber: a Vicente setecientas cincuenta pesetas, a Marcos seiscientas cincuenta y seis pesetas, veinte y cinco céntimos, a Ramón quinientas sesenta y dos pesetas, cincuenta céntimos, a Tomasa trescientas setenta y cinco pesetas, a Práxedes trescientas setenta y cinco pesetas, y a Carmen trescientas setenta y cinco pesetas, comportando estas seis partidas, tres mil noventa y tres pesetas, setenta y cinco céntimos, cuya cantidad se relacionara para la igualdad de legitimas.
Cuarta:
En la partida de las ropas del uno de la casa anotadas, bajo el número diez del inventario, va incluido el lecho cotidiano, importando este sesenta pesetas, cincuenta céntimos, cuya cantidad se extraerá del caudal liquido de la herencia, por que como perteneciente a la madre, no está sujeto a mejoras, y extraída esta se acumulara su valor al que resulte para legitimas para la distribución entre los herederos.
Quinto:
Los gastos de entierro, funeral y bien de alma, importan ciento setenta y seis pesetas, cincuenta céntimos, cuya cantidad así como las trescientas setenta y cinco pesetas legadas a Don Andrés Armelles, formaran baja del quinto, aplicándose el remanente a los agraciados en él.
Sexta:
Que de común acuerdo de los interesados se ha hecho anotación extrajudicial y amistosa de los bienes recayentes en esta testamentaria, los cuales han sido justipreciados por personas inteligentes nombradas de conformidad de las partes.
Bajo todo lo expuesto, procedo a formar el cuerpo de hacienda, liquidación y deducciones de él, en la forma siguiente:
                                                        Cuerpo de hacienda
Primero: Una casa con su patio, situada en la villa de Ares, calle de la violetas, señalada con el numero veinte y dos, se compone de piso bajo y dos superiores, su área solar mide tres metros, seiscientos veinte y cuatro milímetros de ancho, por cinco metros, cuatrocientos treinta y seis milímetros de larga, tenida a censo a favor de la nación, y de pensión anua de diez pesetas, trece céntimos, con su correspondiente capital, hecha deducción de este, queda de valor líquido, doscientas sesenta y dos pesetas, cincuenta céntimos  ....................................   242,50
Segundo: Un pajar en la era de arriba de dicha villa de Ares, señalada con el número diez, se compone de un solo piso, y su área  solar mide tres metros, seiscientos veinte y cuatro milímetros cuadrados, estimado en ciento sesenta pesetas............................................... 160,00
Tercero: Una casa granero, situada en la villa de Ares, calle de la Plaza de la Iglesia, número cuatro, se compone de planta baja y otro piso superior, su área de solar mide sesenta metros, veinte y cinco centímetros cuadrados, libre de todo gravamen, apreciada en mil quinientas pesetas…………………..……………………….................................................................. 1.500,00
Cuarto: Un patio o estercolero, situado en la villa de Ares, junto a la balsa, de quince metros cuadrados, libre de todo gravamen en valor de veinte y cinco pesetas……………………… 25,00
Cinco: Una heredad o trozo de tierra llamado el Terrradico, sito bajo el muro de la villa de Ares, comprensivo de tres áreas, sesenta y nueve centiáreas y treinta y ocho decímetros cuadrados, libre de toda carga, en valor de setenta pesetas………………………………….....…..…….. 70,00
Seis: Una heredad llamada el Freginal, de noventa áreas, tierra culta e inculta, situada en el término de Ares, partida del mismo nombre, de esta heredad se paga anualmente a la Nación once pesetas, veinte y cinco céntimos y a la Cofradía de Cap de Altar de Ares, cuatro pesetas, veinte y cinco céntimos por los censos que en ella gravitan, hecha deducción de los capitales, el valor liquido de dicha heredad son setecientas dos pesetas………………………........….. 702,00
Siete: Otra heredad situada en el término de Ares, partida del Coll comprensiva de nueve jornales, equivalentes a dos hectáreas, sesenta y cinco áreas, y noventa y cinco centiáreas, tierra culta, libre de todo gravamen, y estimada en cinco mil pesetas……………..…...... 5.000.00
Ocho: El derecho de trillar cuatro días a la semana en una era de nueve metros, sesenta milímetros en cuadro, situada en el término de Ares, partida de Santa Bárbara, libre de toda carga, estimada en sesenta pesetas……………………….…………………………...……      60,00
Nueve. Los muebles y alhajas caseras, mil doscientas setenta y una pesetas, veinte y cinco céntimos……..…..……………………..……………………………....……….………………. 1.200,25
Diez: En ropas del uso de la casa, setecientas diez y ocho pesetas, cincuenta céntimos…………………………………………………………..…….....……..………………   718,50
Once: Tres caballerías mayores, dos con aparejos, en ochocientas ochenta pesetas……………………………………..…………………………..………..………………..   880,00
Doce: En granos  y comestibles de casa, novecientas veinte y una pesetas…...…….......   921,00
Trece: Una caldera nueva engrillada, leñas e ingredientes de tintar, en seiscientas cuarenta y cinco pesetas…………………………………………………………………………......….....    645,00
Catorce: En géneros de fajas, lana e hilazas, ocho mil veinte y tres pesetas, sesenta y nueve céntimos…………………………………………………………………….….…..…..........….. 8.023,69
Quince: En deudas a favor de la casa según resulta de la libreta de cuentas, cinco mil quinientas setenta y seis pesetas, cuarenta y siete céntimos…………………………...… 5.576,47
Diez y seis: En dinero existente en la casa, mil sesenta pesetas……………....………… 1.060,00
Total caudal inventariado, veinte y seis mil, ochocientas setenta y cinco pesetas, cuarenta y un céntimos………………………………………………….………………..........…….....…….. 26.875,41
                                              Deudas contra la herencia:
Primero: Se debe  a la nación seiscientas pesetas de la casa nueva o granero comprado a la misma…………………………………………………………………….....…….....…......…..…   600,00
Segundo: Ídem a Vicente Armelles por la legitima materna, setecientas setenta y cuatro pesetas, cincuenta y tres céntimos………………………………………………….....…….....….....…..   774,53
Tercero: a Marcos Armelles o a sus hijos por la misma razón, doscientas cincuenta pesetas…………………..………………………………………………….............……….…...   250,00
Cuarto: A Práxedes Armelles por el mismo concepto, doscientas cincuenta pesetas………………………………………………………………………………...............…..  250,00
Quinto: A Tomasa Armelles, por la misma razón, doscientas cincuenta pesetas………………………………………………………………………………..............…..  250,00
Sexto: Ídem a Don Andrés Armelles por su legitima materna, novecientas sesenta y dos pesetas, tres céntimos……………………………………………………………………………............... 962,03
Séptimo: Ídem A Joaquina Armelles por la misma razón, novecientas sesenta y dos pesetas, tres céntimos……………….……………………………………………………………...............….. 962,03
Octavo: Ídem a Ramona Armelles por el mismo concepto, novecientas sesenta y dos pesetas, tres céntimos……...……………………………………………………………………….....…... 962,03
Total de deudas, cinco mil diez pesetas, sesenta y dos céntimos……………………...... 5.010,62
                                                          Liquidación:  
Capital inventariado: veinte y seis mil ochocientas setenta y cinco pesetas, cuarenta y un céntimos………………………………….……………………….......…...…………..…........ 26.875,41
Bajas:Deudas, importando cinco mil diez pesetas, sesenta y dos céntimos …………….. 5.010,62
Queda de caudal, veinte y una mil, ochocientas sesenta y cuatro pesetas, setenta y nueve céntimos ……………….…………………………………………………………………...…. 21.864,79
Más bajas:Lo son sesenta pesetas, cincuenta céntimos, que no está sujeto a mejora, según la suposición cuarta……………………………………………………………………………….. 60,51
Restan, veinte y una mil, ochocientas cuatro pesetas, veinte nueve céntimos ………………………………………………………………………….....………….........… 21.804,29
El quinto de esta cantidad, con cuatro mil, trescientas sesenta pesetas, ochenta y cinco céntimos……………………………………………………………………....…….…............ 4.360,85
Restan, diez y siete mil, cuatrocientas cuarenta y tres pesetas, cuarenta y cuatro céntimos ……………………………………………………………………………….......…........…... 17.443,44
El tercio de esta cantidad, son cinco mil, ochocientas catorce pesetas, cuarenta y ocho céntimos………………………………………………………………….………..................  5.814,48
Quedan para legítimas, once mil seiscientas veinte y ocho pesetas, noventa y seis céntimos ……………………………………………………………………………………................. 11.628,94
Aumentase las sesenta pesetas, cincuenta céntimos que no tienen mejora ……........…… 60,50
A colaciones:


Acola Vicente Armelles setecientas cincuenta pesetas ………………………………… 750,00
Ídem Marcos Armelles, ahora sus hijos, seiscientas cincuenta y seis pesetas, veinte y cinco céntimos …………………………….…………………………………………………………... 656,25
Ídem Ramón Armelles, ahora sus hijos, quinientas sesenta y dos pesetas, cincuenta céntimos………………………………………………………………………………….. 562,50
Ídem Tomasa Armelles, trescientas setenta y cinco pesetas……………..………………  375,00
Ídem Práxedes Armelles, trescientas setenta y cinco pesetas …………………..………. 375,00
Ídem Carmen Armelles, ahora sus hijos, trescientas setenta y cinco pesetas………….  375,00
Resultan para legítimas: catorce mil setecientas ochenta y tres pesetas, veinte y un céntimos ……………………………………………………………………………………….. 14.783,21
Cuya cantidad repartida en diez partes iguales, cuántos son sus herederos, corresponde a cada uno, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………………………………………………..…..  1.478,32
Liquidación del quinto:Importa este cuatro mil trescientas sesenta pesetas, ochenta y cinco céntimos…………………………………………………………..………………..…  4.360,85
Bajas:
Por los gastos de entierro, funeral y bien de alma, ciento sesenta y seis pesetas, cincuenta céntimos ……………………………………………………………………………………….    176,50
Por el legado a Don Andrés Armelles, trescientas setenta y cinco pesetas ……..…..    375,00
Restan:  tres mil ochocientas nueve pesetas, treinta y cinco céntimos ………….…   3.809,35
Cuya cantidad dividida por mitad, corresponde a cada uno de los agraciados, mil novecientas  cuatro pesetas, sesenta y siete céntimos…………………………….…………………......  1.904,61
División del tercio:
Importa este cinco mil ochocientas catorce pesetas, cuarenta y ocho céntimos …………………………………………………………………………………..      5.814,48
Cuya cantidad dividida por mitad, corresponde a cada uno dos mil novecientas siete pesetas, veinte y cuatro céntimos …………………………..…………………………………         2.907,24

                                         Haber de Blas Armelles y Orti:

Ha de haber esté interesado, por su legitima paterna, mil cuatrocientas, setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos……………………………………………….…………………      1.478,32
Por la mitad del remanente del quinto, mil novecientas cuatro pesetas, sesenta y siete céntimos …………………………………………………………………………..……...     1.904,67
Por la mitad del tercio, dos mil novecientas siete pesetas, veinte y cuatro céntimos ……………………………………………………………….…………………     2.907,24
Por un céntimo sobrante en la distribución de las legítimas, que no tiene división………. 0,01
Total haber:  seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos………..  6.290,24
Adjudicación y paga:
Primero:
Una casa con su patio, situada en la villa de Ares, calle de la Violeta, señalada con el número veinte y dos, se compone de piso bajo, y dos superiores, su área solar mide tres metros seiscientos veinte y cuatro milímetros de ancha, por cinco metros, cuatrocientos treinta y seis milímetros de larga, que linda por la derecha entrando con otra de los herederos de Braulio Ibáñez, por la izquierda y espaldas con el muro, tenida a un censo de diez pesetas, trece céntimos de pensión anual a favor de la Nación, con su correspondiente capital, cuya casa va anotada al número primero del inventario, libre de otro gravamen, cuyo valor liquido bajado el censo, y el de doscientas sesenta y dos pesetas, cincuenta céntimos …………………………………………………………………………….……….       262,50
Segundo: La mitad  de la casa granero, anotada al número tercero del inventario, pro indivisa con la otra mitad adjudicada a su hermana Ramona, situada en la villa de Ares, calle de la Plaza de la Iglesia, número cuatro, se compone de planta baja y otro piso superior, su área de solar mide sesenta metros, veinte y cinco centímetros cuadrados, que por entero linda por la derecha con Callejón, por la izquierda con la de Joaquín Orti, y por espaldas con la calle de la Abadía, libre de todo gravamen, en valor dicha mitad de setecientas cincuenta pesetas ………………………………………………………………………………………..    750,00
Tercero: Una heredad o trozo de tierra llamado Ferracher, anotada al número cinco del inventario, situada bajo el muro de la villa de Ares, su cabida tres áreas, sesenta y nueve centiáreas, y treinta y ocho decímetros cuadrados, que linda por oriente con el muro, a mediodía desagüe de la población, a poniente con Joaquín Altava, y a norte con los herederos de Vicente Sangüesa, libre de todo gravamen, en valor de setenta pesetas……………………………………………………………………………….      70,00
Cuatro: La mitad del derecho de trillar en la era anotada al número ocho del inventario, de nueve metros, sesenta milímetros en cuadro, situada en el término de Ares, partida de Santa Bárbara, que por entero linda a poniente con tierras de los herederos Ramona Armelles, a oriente, mediodía, y norte con comunes de la villa, en valor dicha mitad de treinta pesetas………………………………………………………………………………        30,00
Cinco: Un trozo de tierra culta de la heredad anotada al número siete del inventario, situada en el término Ares, partida del Coll, comprensivo dicho trozo de noventa y cinco áreas, y este linda a oriente con tierras adjudicadas a Ramona Armelles, a poniente con la aplicada a Don Andrés Armelles, a mediodía camino del Forcall, y a norte con tierras de la Masía de Selma, libre de todo gravamen, en valor dicho trozo de mil cuatrocientas noventa y cinco pesetas …………………………………………………………………………….…..          1.495.00
Seis: En muebles y alhajas caseras del número nueve, cuatrocientas sesenta y dos pesetas, setenta y cinco céntimos……………………………………………………………….               462,75
Siete: En ropas del uso de la casa del número diez, doscientas cuarenta pesetas ………………………………………………………………………………                240,00
Ocho: Dos caballerías, una con aparejos, del número once, en quinientas ochenta pesetas……………………………………………………………………….                580,00
Nueve: En granos y comestibles de casa del número doce, doscientas sesenta y nueve pesetas, veinte y cinco céntimos …………………………………..……………………….                 269,25
Diez: Una caldera engrillada, leñas, e ingredientes del número trece, en seiscientas cuarenta y cinco pesetas ……………………………………..…………………………….                  645,00
Once :  En dinero efectivo del número diez y seis, quinientas treinta pesetas ……       530,00
Doce: En géneros, y deudas de los números catorce y quince, cinco mil setecientas noventa y tres pesetas, dos céntimos ………………..…………………………………………      5.793,00
Adjudicado, once mil ciento veinte y siete pesetas, cincuenta y dos céntimos …………………………………………………………………………………...    11.127,52
Y siendo su haber seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos …………………………………………………………………………………..       6.290,24
Es visto lleva de excesos cuatro mil ochocientas treinta y siete pesetas, veinte y ocho céntimos …………………………………………………………………………………       4.837,28
Por cuyo exceso pagará lo siguiente:La mitad de lo que se adeuda a la nación, número primero del cuerpo de las deudas, trescientas pesetas ……………………………………………..…………………………           300,00
A Marcos Armelles ahora sus hijos, por lo que les adeuda según el número tres, doscientas cincuenta pesetas …………………………………….…………………………………..            250,00
Abonará a los mimos para completar su hijuela, ochocientas veinte y dos pesetas, siete céntimos ………………………………………………………………………………..           822,07
A Práxedes Armelles por lo que le adeuda según el número cuatro, doscientas cincuenta pesetas ……………………………………………………………………………….            250,00
Abonara a la misma para completar su hijuela, mil setenta pesetas, ochenta y dos céntimos ……………………………………………………………………………….         1.070,82
A Tomasa Armelles por lo que se le adeuda según el número cinco, doscientas cincuenta pesetas …………………………………………….…………………………………             250,00
Abonará a la misma para completar su hijuela, mil sesenta y nueve pesetas, cincuenta y siete céntimos ………………………………………….…………………………..          1.069,57
Abonará a Ramón Armelles ahora a sus hijos, para completar su hijuela, setecientas quince pesetas, ochenta y dos céntimos …………………….……………………………….               725,82
Pagará por los gastos de entierro, funeral y bien de alma, ciento nueve pesetas ………………………………………………………………………………..              109,00
Igual al  exceso…………………………….……………………………                   4.837,28

                                   Haber de Ramona Armelles y Orti.

Ha de haber está interesada por su legitima paterna, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ………………………………….……………………………….               1.478,32
Por la mitad del remanente del quinto, mil novecientas cuatro pesetas, sesenta y siete céntimos…………………………………………………………………………             1.904,67
Por la mitad del tercio, dos mil novecientas siete pesetas, veinte y cuatro céntimos …………………………………………………………………………………              2.907,24
Por un céntimo sobrante en la distribución del quinto ……………..……………                0,01
Total haber, seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos ………………………………………………………………………………..               6.290,24
Adjudicación y pago.Primero: Un pajar en las eras de arriba de la villa de Ares, señalado con el número dos y anotado al número segundo del inventario, se compone de un solo piso y su área solar mide tres metros, seiscientos veinte y cuatro milímetros cuadrados, que linda por la derecha e izquierda con Baltasar Orti y por espaldas con el camino de Santa Bárbara, libre de todo gravamen en valor de ciento sesenta pesetas ……………………………………………………..........…                 160,00
Segundo: Un patio o estercolero, anotado al número cuarto del inventario, situado en la villa de Ares, junto a la balsa, de quince metros cuadrados de extensión, que linda por oriente con casa de Miguel Royo, por poniente y norte con tierras de Francisco Meseguer, y por mediodía con la balsa, paso en medio, libre de todo gravamen, en valor de veinte y cinco pesetas ……………………………………………………………………………..               25,00
Tercero: La mitad del derecho de trillar en la era anotada al número ocho del inventario, de nueve metros, sesenta milímetros en cuadro, situada en el término de Ares, partida de Santa Bárbara, que por entero linda a poniente con tierras de los herederos de Ramón Armelles, a oriente, mediodía y norte con comunes de villa, libre de todo gravamen, en valor dicha mitad de treinta pesetas…………………………….……………………………………….                      30,00
Cuarto: Una hectárea, catorce áreas, y noventa y cinco centiáreas, de tierra culta de la heredad anotada al número siete del inventario, situada en el término de Ares, partida del Coll, cuyo trozo linda a oriente con tierras de Ignacio Guitarte, a poniente con las de su hermano Blas, a mediodía camino del Forcall, y a norte con tierras de la masía de Selma, libre de todo gravamen, en valor dicha porción de dos mil ciento veinte y una pesetas………………………………………………………………………              2.121,00
Cinco: La mitad de la casa granero, anotada al número tercero del inventario, pro indivisa con la otra mitad adjudicada al Blas, situada en la villa de Ares, calle de la Plaza de la Iglesia, número cuatro, se compone de planta baja, y otro piso superior, su área solar mide sesenta metros, veinte y cinco centímetros cuadrados, que por entero linda por la derecha con callejón, por la izquierda con la de Joaquín Orti y por espaldas con la calle de la Abadía, libre de todo gravamen, en valor dicha mitad de setecientas cincuenta pesetas…….…………………………………..                     750,00
Seis: En muebles y alhajas caseras del número nueve, cuatrocientas sesenta y tres pesetas, veinte y cinco céntimos …………………………………………………….                       463,25
Siete: En ropas del uso de la casa del número diez, doscientas treinta y seis pesetas, cincuenta céntimos …………………………………………………………..                       236,50
Ocho: Una caballería del número once, trescientas pesetas …….                          300,00
Nueve: En granos y comestibles de casa del número doce, cuatrocientas once pesetas, veinte y cinco céntimos …………………………………………………………                         411,25
Diez: En dinero efectivo del número diez y seis, quinientas treinta pesetas …      530,00
Once: En géneros y deudas de los números, catorce y quince, dos mil quinientas noventa y dos pesetas, setenta y siete céntimos ………………………………..…………         2.592,77
Adjudicado: siete mil seiscientas diez y nueve pesetas, sesenta y siete céntimos…………………………………………………………………             7.619,77
Y siendo su haber, seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos  ……………………………………………………………….…                         6.290,24
Es visto lleva de exceso, mil trescientas veinte y nueve pesetas, cincuenta y tres céntimos ………………………………………………………………..                          1.329,53
Por cuyo exceso pagara lo siguiente:La mitad de lo que se adeuda a la nación, según el número primero del cuerpo de las deudas, trescientas pesetas ………………..…………………………….                            300,00
Por los gastos de entierro, funeral y bien de alma, sesenta y siete pesetas, cincuenta céntimos …………………………………………………………………...                              67,50
Se retendrá en su poder para hacerse pago de lo que se le adeuda, según el número ocho de dicho cuerpo de deudas, novecientas sesenta y dos pesetas , tres céntimos………………………………………………………………………..      962,03
Igual al exceso ……………………………………………………………….. 1.329,53

  Haber de Tomasa Armelles y Orti y en su nombre de su marido Pascual García y Cruz:

Ha de haber está interesada por su legitima paterna y en su nombre su referido marido, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos……………………...     1.478,32
Adjudicación y pago;
Primero: Se le adjudica lo que ya tiene recibido en dote según la suposición tercera trescientas setenta y cinco pesetas ………………………………………………………………….         375,00
Segundo: En ropas del uso de la casa del número diez treinta y tres pesetas, setenta y cinco céntimos …………………………………………………………………………………..           33,75
Tercero: El derecho a percibir y cobrar de su hermano Blas por el exceso que lleva en su hijuela, mil sesenta y nueve pesetas, y cincuenta y siete céntimos ………………….….          1.069,57
Adjudicado mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………………………………………            1.478,32
Y siendo su haber, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………………………………...            1.478,32
Igual …………………………………………………………………….                   0,00

Haber de Práxedes Armelles y Orti, y en su nombre de su marido Miguel Puig y Sales:


Ha de haber está interesada por su legitima paterna y en su nombre su referido marido, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos………………………..      1.478,32
Adjudicación y pago:
Primero:
Se le adjudica lo que ya tiene recibido según la suposición tercera, trescientas setenta y cinco pesetas …………………………………………..……………………….                 375,00
Segundo: En ropas del uso de la casa del número diez del inventario treinta y dos pesetas, cincuenta céntimos ……………………………………………………………….…..                     32,50
Tercero: El derecho a percibir y cobrar de su hermano Blas por el exceso que lleva en su hijuela mil sesenta pesetas, ochenta y dos céntimos  ……………………….…….…                   1.070,82
Adjudicado mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos  ………………………………………………………………………….                    1.478.32
Y siendo su haber mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos
…………………………………………………………………………                    1.478.32
Igual ……………………..………………………………………….                           0,00

 

                                  Haber de Vicente Armelles y Orti
 

Ha de haber esté interesado por su legitima paterna, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ………………………….…………………………..                       1.478,32
Adjudicación y pago:
Primero:
Se le adjudica lo que ya tiene recibido en capital según la suposición tercera, setecientas cincuenta pesetas ………………………………………………                           750,00
Segundo: En muebles y alhajas de casa del número nueve del inventario, setenta pesetas ……………………………………………………………………                          70,00
Tercero: En granos y comestibles de casa del número doce, doscientas cuarenta pesetas, cincuenta céntimos ……………………………………..……………….                           240,50
Cuarto: En ropas del uso de la casa del número diez, sesenta y siete pesetas..        67,00 
Cinco: En géneros y deudas de los números catorce y quince, mil ciento veinte y cinco pesetas, treinta y cinco céntimos ………………………………..…...                         1.125,35
Adjudicado, dos mil doscientas cincuenta y dos pesetas, ochenta y cinco céntimos ……………………………………………………………….                         2.252,85
Y siendo su haber, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………………………….                         1.478,32
Es visto lleva en exceso setecientas setenta y cuatro pesetas, cincuenta y tres céntimos …………………………………………………………….                            774,53
Cuya cantidad se la retendrá en su poder para con ella hacerse pago de lo que se le adeuda, según el número segundo del cuerpo de las mismas.

Haber de Francisco y Águeda Armelles y Salvador en nombre de esta de su marido Pascual Selma y Orti, de José, Joaquín y Marcos Armelles y Salvador, y su nombre de los tres últimos, de su madre Isabel Salvador y Moya

Han de haber estos interesados por su legítima en representación de su padre Marcos. Mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …….………            1.478,32
Adjudicación y pago:
Primero:
se les adjudica lo que ya tenía recibido su padre según la suposición tercera, seiscientas cincuenta y seis pesetas, veinte y cinco céntimos……..……………                  656,25
Segundo. El derecho de percibir y cobrar de su tío Blas por el exceso que lleva en su hijuela, ochocientas veinte y dos pesetas, siete céntimos ……………………….            822,07
Adjudicado mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………………………………              1.478,32
Y siendo su haber, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………….……………………             1.478,32
Igual …………………………………..…………………………….                        0,00
 

Haber de Antonio, Luis, Gaspar y Rosa Armelles y García, y en nombre de esta de su marido Francisco Marques Selma.

Han de haber estos interesados por su legítima en representación de su padre Ramón, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ………..….           1.478,32
Adjudicación y pago:
Primero: se les adjudica lo que ya tiene recibido su padre según la suposición tercera, quinientas, setenta y dos pesetas, cincuenta céntimos ………………………….                562,50
Segundo: se les adjudica doscientas pesetas de la partida de las deudas anotadas, bajo el número quince del inventario ………………………………………………                 200,00
Tercero: El derecho a percibir y cobrar de su tío Blas, por el exceso que lleva en su hijuela, setecientas quince pesetas, ochenta y dos céntimos ………………                   715,82
Adjudicado mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………………………………                    1.478,32
Y siendo su haber mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos…………………………………………………………                    1.478,32
Igual …………………………….……………………………                                0,00
 

Haber de Rafael, Águeda, Margarita, Antonia, Teresa Fabregues y Armelles y en su nombre de su padre Rafael Fabregues y Carles.

Han de haber estos interesados por su legítima en representación de su madre Carmen, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………..… 1.478,32
Adjudicación y pago:
Primero: se les adjudica lo que ya tiene recibido en dote su madre, según la suposición tercera, trescientas setenta y cinco pesetas ……………….……………….….                   375,00
Segundo: En muebles y alhajas de casa del número nueve del inventario, setenta y dos pesetas, setenta y cinco céntimos ……………….……………………….…                     72,75
Tercero: En ropas del uso de la casa del número diez cuarenta y dos pesetas …    42,00
Cuarto: En géneros y deudas de los números catorce y quince, novecientas ochenta y ocho pesetas, cincuenta y siete céntimos …………………………………….……                    988,57
Adjudicado mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ………………………………………..……………………………                  1.478,32
Y siendo su haber, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………………………………                 1.478,32
Igual …………………………….……………………………….                        0,00
 

                                 Haber de Don Andrés Armelles y Orti

Ha de haber este interesado por su legitima paterna, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………….…………………………………………….                  1.478,32
Por su legado, trescientas setenta y cinco pesetas ………………………                    375,00
Total haber, mil ochocientas cincuenta y tres pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………………………………..                   1.853,32
Adjudicación y pago:
Primero:
Un trozo de tierra culta de la heredad que va anotada al número siete del inventario, comprensiva de sesenta y seis áreas, situada en el término de Ares, partida del Coll, que linda esta porción a oriente con tierras de su hermano Blas, a mediodía con el camino del Forcall, a poniente y norte con tierras de la masía de Selma, libre de todo gravamen, en valor dicho tozo de mil trescientas ochenta y cuatro pesetas …………………………………                         1.384,00
Segundo: En muebles y alhajas de casa del número nueve, ciento treinta y dos pesetas, cincuenta céntimos ……………………………………………………                                    132,50
Tercero: En ropas del uso de la casa del número diez, treinta y dos pesetas …...       32,00
Cuarto: En géneros y deudas de los números catorce y quince, mil doscientas sesenta y seis pesetas, ochenta y cinco céntimos ……………………………………………                     1.266,85
Adjudicado, dos mil ochocientas quince pesetas, treinta y cinco céntimos ..….    2.815,35
Y siendo su haber, mil ochocientas cincuenta y tres pesetas, treinta y dos céntimos ………………………………………………………………....……                     1.853,32
Es visto lleva de exceso novecientas sesenta y dos pesetas, tres céntimos …...    962,03
Cuya cantidad se la retendrá en su poder para con ella hacerse pago de la que se le adeuda según el número seis del cuerpo de las mismas.

                                      Haber de Joaquina Armelles y Orti:


Ha de haber esta interesada por su legitima paterna, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………….………………………………………….                  1,478,32
Adjudicación y pago:
Primero: Se le adjudica una heredad llamada el Freginal y anotada al número seis del inventario, comprensiva de noventa áreas, tierra culta e inculta, situada en el término de Ares, partida del mismo nombre, que linda por oriente con tierras de los herederos de Remigio Carbo, a poniente con las de Francisco Marques, a mediodía con el camino de Catí, y a norte con las peñas, o rocas de la muela, con la obligación de satisfacer y pagar once pesetas, veinte y cinco céntimos, de pensión anual, a favor de la Nación, y cuatro pesetas, veinte y cinco céntimos, también de pensión anua, a la Cofradía de Cap de Altar de la villa de Ares, por los censos que en ella gravitan, hecha deducción de los capitales de los mismos, el valor líquido de dicha heredad son setecientas dos pesetas ……………………………………………………                                  702,00
Segundo: En muebles y alhajas de casa, del número nueve, setenta pesetas ….         70,00
Tercero: En ropas del uso de la casa del número diez, treinta y cuatro pesetas, setenta y cinco céntimos ………………………………………………………                                   34,75
Cuarto: En géneros y deudores de los números catorce, y quince, mil seiscientas treinta y tres pesetas, sesenta céntimos ……….…………………………………….                                   1.633,60
Adjudicado, dos mil cuatrocientas cuarenta pesetas, treinta y cinco céntimos…. . 2.440,35
Y siendo su haber, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………………..                                         1.478,32
Lleva de exceso novecientas sesenta y dos pesetas, tres céntimos ………               962, 03
Cuya cantidad se la retendrá en su poder para con ella hacerse pago de lo que se le adeuda según el número siete del cuerpo de las mismas.
Comprobación:
Deudas contra el caudal importantes cinco mil diez pesetas, sesenta y dos céntimos …………………………………………………………………….                          5.010,62
Blas Armelles, por la legítima y mitad de la mejora del tercio y quinto, seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos .....………………………………                         6.290,24
Ramona Armelles por legitima y mitad de la mejora de tercio y quinto, seis mil doscientas noventa pesetas, veinte y cuatro céntimos ………………………………                              6.290,24
Tomasa Armelles, por legitima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………….…………………                               1.478,32
Práxedes Armelles por legitima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………….…………………                                  1.478,32
Vicente Armelles, por legítima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………..………………..                                  1.478,32
Marcos Armelles, ahora sus hijos, por legitima mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………                                      1.478,32
Ramón Armelles, ahora sus hijos, por legítima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………………………                                      1.478,32
Carmen Armelles, ahora sus hijos, por legítima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………………..…………....                                       1.478,32
Don Andrés Armelles por legítima y legado, mil ochocientas cincuenta y tres pesetas, treinta y dos céntimos ……………………………………………….                                        1.853,32
Joaquina Armelles, por legítima, mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas, treinta y dos céntimos …………………………..…………………………...                                           1.478,32
Gastos de entierro, funeral y bien de alma, ciento setenta y seis pesetas, cincuenta céntimos ………………………………..……………………..                                            176,50
Total, veinte y nueve mil, novecientas sesenta y nueve pesetas, diez y seis céntimos …………………………………………………….                                          29.969,16
Bájense como colacionados ………………..………………………                 3.093,75
Igual al inventario ………………………….…………………….                26.875,41

Declaraciones:

1ª.- Las fincas que figuran en esta partición anotadas desde el número primero al ocho, ambos inclusive del inventario, las adquirió el causante Andrés Armelles y Ferrando a la muerte de su esposa Joaquina Orti y Milian, las cuales se le adjudicaron en la escritura de división otorgada ante Don Manuel Lucia Notario de Cinctorres, en cuatro de Enero de mil ochocientos sesenta y ocho, cuya escritura fue inscrita en el Registro de la Propiedad de este Partido, en diez y ocho de Abril de dicho año, a saber: La casa calle de la Abadía, el pajar a las eras, las dos heredades Regachols, y el Freginal, al tomo cincuenta, libro tercero de Ares, folios doscientos veinte y seis, doscientos treinta, doscientos treinta y tres, doscientos treinta y siete, y doscientos doce vuelto,  fincas números doscientos cincuenta y siete, doscientos cincuenta y ocho, doscientos cincuenta y nueve, doscientos sesenta y doscientos cincuenta y dos, inscripciones segundas en la primera y última, y primeras en las tres restantes; el  ¿¿¿¿ del Regachols y la casa granero al tomo treinta y tres, libro segundo de dicha villa, folios cincuenta y siete vuelto, y cuarenta y siete, fincas números ciento veinte, y ciento diez y seis, inscripciones segunda y cuarta, la casa calle de la Violeta el Ferracher, el estercolero de la balsa al mismo tomo cincuenta, folios doscientos quince, doscientos diez y seis, doscientos veinte y uno, y doscientos veinte y tres todos vueltos, fincas números doscientos cincuenta y tres, doscientos cincuenta y cuatro, doscientos cincuenta y cinco y doscientos cincuenta y seis, inscripciones segundas en las cuatro.
2ª.- La casa calle de la Abadía, la primera heredad de Regachols, y el ¿??? de Regachols   no figuran ya en la presente división, porque a la muerte del causante, se hallaban ya fuera de su dominio, cuya advertencia se hace a los efectos consiguientes. A si mismo se advierte que la segunda heredad de Regachols que figura en la nota de la inscripción, se halla situada no en esta partida, sino en la del Coll, que es a la que pertenece, según así se observará en el número siete del inventario de la presente en el que va anotada.
3ª.- En la cabida de las fincas que consta en la escritura de división arriba especificada, se notará alguna diferencia con la que se menciona en la presente empero, según se me ha manifestado, la que resulta en esta es la más exacta, cuya advertencia me ha parecido prudente hacer para los efectos que hayan lugar.
4ª.- Que si aparecieren algunos otros bienes y créditos pertenecientes a este caudal, se deberán tener por incremento de él, y dividirse en la forma que los inventariados, entre todos los partícipes, y lo mismo se practicará con los débitos, cargas y sus responsabilidades que resulten contra él, y que por no haberse tenido presente no se han deducido de suerte que todos los interesados quedan obligados proporcionalmente al pago de las segundas, como con igual derecho al percibo de las primeras.
Con estas declaraciones, concluyo esta partición, la que con arreglo a los documentos que se me manifestaron por los interesados, y explicaciones dadas por los mismos, he hecho bien y fielmente, según mi inteligencia, sin causar el menor perjuicio ni agravio a ninguno de los interesados.
Y para que conste, lo firmo en esta villa de Villafranca del Cid, a los diez y seis días  del mes de Mayo, del año mil ochocientos sesenta y siete.
                                    Luis Monterde
 
 
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En este documento notarial, están reunidos hijos y nietos, dando conformidad al testamento de su padre y abuelo.
En la villa de Ares del Maestre, a los veinte y cuatro días del mes de Junio del año mil ochocientos setenta y siete. Ante mi Don Luis Monterde vecino y Notario de la de Villafranca del Cid y del Colegio del territorio de Valencia y testigos que se dirán, comparecieron Tomasa Armelles y Ortí sin profesión, y Pascual García y Cruz su esposo, labrador, ambos de sesenta y tres años de edad, Práxedes Armelles y Ortí, sin profesión, de cincuenta y nueve años asociada de su marido Miguel Puig y sales, de cincuenta y siete, labrador, Blas Armelles y Ortí, soltero, de cincuenta y un años, labrador, Ramona Armelles y Ortí, soltera, de cuarenta y siete años, sin profesión, Antonio Armelles y García, casado, de treinta y seis años, labrador, Rosa Armelles y García, sin profesión, de treinta y cinco años, acompañada de su marido Francisco Marques y Selma, de treinta y siete, labrador, Isabel Salvador y Moya, viuda de Marcos Armelles y Ortí, sin profesión, mayor de edad, como madre, tutora y curadora, por la de Joaquina, José, y Marcos Armelles y Salvador, menores de edad, con instrucciones de la Joaquina, soltera, de diez y siete años, sin profesión, y de José, casado, de veinte y dos años, labrador, mas no del Marcos por ser menor de los catorce, Águeda Armelles y Salvador, sin profesión, asistida de su ,marido Pascual Selma y Ortí, labrador, ambos de veinte y nueve años, y Francisco Armelles y Salvador, casado, de veinte y seis años, fabricante de lanas, los cinco en representación del Marcos su referido padre, y todos los que hasta aquí van relacionados son vecinos de la presente villa, excepto el José Armelles y Salvador que lo es de Villafranca del Cid, según resulta de las cedulas personales que han presentado señaladas con los números trescientos cuarenta, trescientos treinta y ocho, doscientos noventa y nueve, doscientos noventa y siete, sesenta y cinco, sesenta y seis, seiscientos treinta y seis, quinientos diez y siete, trescientos treinta y seis, cuatrocientos ochenta y uno, quinientos trece, cincuenta y ocho, quinientos diez y ocho, ciento sesenta y cuatrocientos seis; Vicente Armelles y Ortí, casado, de cincuenta y cinco años, fajero ambulante, vecino de Zurita, según consta de la cedula exhibida número veinte y tres, Gerónimo Moya y salvador, casado, de cuarenta y dos años, carpintero, vecino de esta villa, según la cedula presentada número treinta y ocho, como apoderado de Don Luis Armelles y García, soltero, comerciante, de treinta años de edad, vecino de la ciudad de Valencia, como resulta de la copia de la escritura de poder otorgada ante Don Joaquín Esteban y Benedito Notario de Burjasot en veinte y nueve de Setiembre de mil ochocientos setenta y seis, bastante para este acto doy fe, Don José Moya y Salvador, casado, de cuarenta y nueve años, maestro de Instrucción primaria, vecino de esta villa, según aparece de la cedula personal numero treinta y cinco, como apoderado de Rafael Fabregues y Carles, labrador propietario, viudo de Carmen Armelles y Ortí, de treinta y ocho años de edad, vecino de la ciudad de Tortosa, cuya cualidad deja acreditada por la copia de la escritura de poder que exhibe, otorgada por dicho Rafael, como padre de sus hijos impúberes Rafael, Águeda, Margarita, Antonia y Teresa Fabregues y Armelles ante Don José Costa y Albera, Notario de Tortosa en seis de los corrientes, bastante para este acto doy fe, estos en representación de su madre Carmen y el Luis anteriormente nombrado en representación de su padre Ramón, el Antonio Armelles y García por sí y como apoderado de Don Andrés Armelles y Ortí de treinta y cinco años de edad, presbítero y de Joaquina Armelles y Ortí de cuarenta y siete soltera, vecinos de la ciudad de Castellón de la Plana cuya cualidad deja acreditada por la copia de la escritura de poder otorgada ante D. Miguel Clemente Boix Notario de dicha ciudad en cuatro de Mayo último, bastante para este acto, doy fe y el referido Francisco Armelles y Salvador en su nombre propio y como apoderado de su primo Gaspar Armelles y García según aparece de la copia de la escritura de poder que exhibe otorgada ante Don Manuel Rodrigo Notario de la ciudad de Alcañíz, en diez y ocho del actual Junio, bastante para este acto, doy fe, cuyos cuatro poderes he devuelto a los interesados, y a los que en caso necesario me remito, hallándose a mi juicio con la capacidad legal necesaria y en el pleno goce de los derechos civiles, libre y espontáneamente Dijeron: Que su padre y abuelo respective Andrés Armelles y Ferrando falleció en esta villa en diez y ocho de Agosto del pasado año mil ochocientos setenta y seis con testamento otorgado ante Don Félix Cruzado y Vilaroig Notario de la ciudad de Castellón de la Plana en veinte y siete de Febrero de mil ochocientos sesenta y ocho, cuyo documento queda extractado en la base primera de la división que va al frente: Que deseando los comparecientes liquidar la sociedad conyugal y practicar la partición, y adjudicación de la herencia del finado, nombraron como contador, divisor al infrascrito Notario, quien evacuó su cometido en diez y seis de Mayo ultimo y que presentadas las operaciones al Juzgado de primera instancia de este Partido, fueron aprobadas en auto de veinte y seis del propio Mayo, habiendo mandado en virtud de acuerdo unánime de los interesados se protocolice en mi registro la partición y adjudicación, que me han presentado los mismos escrita en papel común, pero con el reintegro correspondiente, y testimonio literal del auto de aprobación, requiriéndome la protocolización en mi registro, con el papel, de reintegro y testimonio que la acompaña, compresivo todo de veinte y ocho hojas, y al propio tiempo manifiestan que la aprueban y ratifican en todas sus partes, obligándose a respetar, guardar, y cumplir fiel y exactamente las operaciones practicadas por el Notario contador, obligándose mutuamente a la evicción y saneamiento con arreglo a derecho. Y las cantidades que el Blas Armelles y Ortí tiene que entregar por el exceso que lleva en su hijuela a los hijos de sus hermanos marcos y ramón, como también a sus hermanas Práxedes y Tomasa a saber a los primeros mil setenta y dos pesetas siete céntimos, a los segundos o sea a los hijos del ramón setecientas quince pesetas, ochenta y dos céntimos, a la Práxedes su hermana mil trescientas veinte pesetas, ochenta y dos céntimos, y a la otra su hermana Tomasa mil trescientas diez y nueve pesetas, cincuenta y siete céntimos, cuyas cuatro partidas forman la suma de cuatro mil cuatrocientas veinte y ocho pesetas, veinte y ocho céntimos las reciben en este acto de su dicho hermano Blas en monedas de buena calidad en mi presencia y de los testigos que se mencionaran y como satisfechos plenamente de las expresadas cantidades otorgan los varones mayores de edad en su nombre propio, las mujeres con sus maridos y los apoderados en el nombre que ostentan a favor del referido Blas, carta de pago en forma, dándose todos los interesados por entregados a todo cuanto llevan adjudicado en sus respectivas hijuelas. Yo el Notario en virtud de lo prevenido en la Ley hipotecaria advertí a los otorgantes que a favor del Estado, de la Provincia y del Municipio en que radican las fincas de que se trata, queda reservada la hipoteca que le compete por ellas, y que de este documento ha de formar razón en el registro de la propiedad de este partido, previo el pago del derecho señalado a la hacienda Pública dentro de treinta días, pues no podrá oponerse ni perjudicar a tercero sino desde la fecha de su inserción, ni será admisible si carece de esta circunstancia en ningún tribunal, Consejo ni Oficina del Gobierno, ni permitirán que del quede testimonio copia ni extracto en los autos o expedientes. Así lo dijeron y otorgaron, firmándolo los que supieron, y por los que expresaron no saber lo hizo a sus ruegos el primero de los testigos que lo fueron Pablo Montañés y Ferrando, labrador vecino de Albocácer, y Melchor Monfort y Folch jornalero, de esta vecindad, ambos aseguran no tener excepción alguna para serlo.
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Enterados los otorgantes y testigos del derecho que la ley les concede para leer por si este documento, procedí por su acuerdo en la lectura del mismo en el que se ratifican los primeros. De todo lo cual, de conocer a los otorgantes, y de constarme su profesión y vecindad, doy fe.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Alguien  tiene fotografías de estas personas o de sus descendientes? agradecería información.

sábado, 17 de noviembre de 2012

ARMELLES en Valencia


Los primeros Armelles aparecen en Valencia en el s.XIV, hay abundante bibliografía en donde están referenciados, aunque según un morabatí de San Mateo de 1379, hay un Vicent d’Armelles registrado, que es coetáneo, de estos primeros Armelles de Valencia.

Fernando d’Armelles
Esta en la Peyta de 1355 de valencia, y en las “Nóminas veinals” de Valencia de 1368-69 y 1373, según las cuales posee propiedades en la Parroquia de San Joan del Mercat, o de la Boatella, su mujer paga 2 libras y 10 sueldos, en la Parroquia de San Martin paga 1 libra, es un notario, que esta referenciado en diferentes estudios:
valencia_1_jpg
Matheus Ortiç, 0, 10, 0 Na Ça-Nou, 0, 10, 0 Bortholomeus de Godella, 0, 10, 0 Bernardus Steve, 0, 5, 0 Na Spígola, 0, 10, 0 Rafael Leopart, 5, 0, 0 Petrus Arnaldi, 0, 15,0 En Garcia, tender, 0, 10,0 Na Vidala, 1,0,0 Ferdinandus d'Armelles.


... dels marmessors del testament de Joan de Mitjavila de València. Té data inicial del 3 de març de 1373 i ve encapçalada per l'acta de Ferran d'Armelles, notari de València. ça. Citat a R. Sàinz de la Maza, "II consolato La família valenciana.

 
436, 456. — Anonims: docs. 37, 58, 59, 66, 119, 120, 162, 380, 383, 448. — Bonanat Arbert: doc. 17. — Jaume d'Argiler: doc. 312. — Ferran d'Armelles, notari públic de Valencia: doc. 50. — Bernat Arnau: doc. 268. — Ramon d'Avinyó: doc.  

 

 
José Teixidor y Trilles - 1895
... de Guillem Pedriza que otorgó ante Fernando de Armelles en 2. de Setiembre
del año 1382. en que mandó se le celebrasse un anniversario en la Iglesia de ...

Joan d’ Armelles
Es otro notario, también de la misma época, posiblemente hijo del anterior, también aparece  en varios estudios.
 

….Es una copia hecha por el notario Joan d'Armelles en València a 18 de setiembre 1394, actuando como testigos el notario Antoni de Prades y el justicia ...

Joan d’ Armelles, esta afincado en Gandía en 1373, y esta en el Morabatí de 1373, ARV M.Racional 11770

Marti Armelles y Mingue Armelles Están registrados en el Morabatí de Torrente de 1379, ARV M.Racional nº 11174


Pere Armelles,  es un obrer de vila, de Valencia y Morvedre en 1395
 
Aureli Silvestre Romero - 2004 - Vista previa Carta pública testimonial del dit P[ere] Armelles, per la la (sic) appar e fa testimoni de les dites despeses qui muntaren, segons lo compte per menut qui y és conten- gut, a la dita quantitat de C VII solidos II diners. E són messions necessàries.          





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A partir del s. XV, desaparecen de Valencia, y el rastro aparece en Vinaroz, con Anthoni Armelles 1405 y  en 1406 en  Murcia Juan Armelles, a partir de esta época nos encontramos en Exarch (Teruel).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El apellido Armelles vuelve a Valencia en el s.XIX, es Luis Armelles García nacido en Ares del Maestre en 1850, el que se avecinda en Valencia.
Se dedicó al comercio, vivió en Valencia en la calle de Hernán Cortés, fue socio del Ateneo Mercantil, y vice presidente del mismo.
 
 
HERALDO DE CASTELLON 5_5_1925
 
Se casó en primeras nupcias con María Desamparados Sorribas, y en segundas con Teresa Febrer. Su hija Luisa Armelles Febrer, al casarse con Vicente Barbera Ferrer, dio lugar a la familia Barbera Armelles: Luis, Maruja, José, Vicente y Teresa.
 
Caben destacar en esta familia el médico Vicente Barberá Armelles en Manises, y José Barberá Armelles periodista.
 
Creo que Luis Armelles, tuvo mucha relación con mi bisabuelo, ya que eran primos  hermanos, en el primer testamento lo nombra tutor de su hijo mayor Vicente.
 
Falleció el 5 de mayo del año 1925, estando de visita en Castellón, esta es la necrológica que le hizo el periódico el Heraldo.
 
Tiene dedicada una calle en Manises, desconozco el motivo, me he interesado en su Ayuntamiento, y no me han podido informar.




















jueves, 24 de mayo de 2012

CASAS DE ARES DEL MAESTRE 1711-1741


De los protocolos relacionados, con las compras a censo, en los cuales se ponían como aval las propiedades, de los relacionados con la venta de casas, o los testamentarios, se mencionan los siguientes propietarios de casas de la Villa de Ares del Maestre.

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Es de notar que muchas anotaciones se refieren a patios de casas derruidas, o quemadas, en la Guerra de Sucesión, muchas de ellas tienen como lindes la muralla hoy desaparecida.
También es interesante el nombre de las calles, como hoy las conocemos, y otras que su nombre se ha perdido.
Nos dicen donde se jugaba a la pelota, donde estaban los graneros, el mesón, donde estaba la Iglesia provisional, mientras se construía la nueva y otras curiosidades.
La transcripción es literal, tal y como la reflejaron los escribanos.
Las fotografías si coinciden es pura casualidad.




1711 JOSEPH QUEROL

Una casa situada en la presente villa tenida a censo perpetuo al Señor Comendador a un sueldo y ocho dineros, que se pagan el día de San Miguel de Setiembre, situada en la plaza con los lindes que tiene que son, de una parte con dicha plaza, y de otra con casa de Agustin Selma y comun de la villa, serca de la nevera, y de costeras, la una con calle que baxa a la Calle Nueva, y de otra con casas de Joseph Molins, y Joseph Orti de Baltazar.

1711 BALTASAR ORTI Y MIGUEL SALVADOR

Una casa que tengo derribada, en la presente villa en la calle nombrada del Pla del Algup, a la aparte de arriba del pozo, con los limites y linderos que esta tiene que son, de una parte con la Calle que sube a la Muela, y de otra con casa de Miguel Garcia escultor, y de costeras, la una con dicha Calle que sube a la Muela, y de la otra con casa de Gaspar Garcia.




1711 JUAN PALATZI  Y FRANCISCO PALAZTI

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de la Abadia que de presente habitamos los dos, que linda de las dos partes con dos calles, que la una es la de la Abadia, y la otra passa por baxo, y de costeras la una con casa de Mn. Thomas Garcia presbitero, y de la otra con casa de Antonio Palatzi.




1711 JOSEPH HUGUET Y JOSEPH MARIN

Una parte de patio que yo tengo demolido y quemado en la presente villa de Ares en la calle nombrada la Calle Nueva, que son dos apartamientos, e o , instancias la una sobre el otra, de medio abaxo de dicho patio, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con la calle que esta baxo la Calle Nueva, y de la otra con la calzada de la Calle Nueva, y de costeras la una con casa de Carlos Marin, y de otra con patio de Joseph Lorente.





1711 SIMON PRATS Y ANTONIO ESCUDER

Un patio de casa demolida que yo tengo, en la calle que baja de la Calle de la Corte, a la Calle Nueva, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Calle, y de la otra con casa de Juan Carbo, y de costeras la una con casa de Marcos Antonio Pitarch, y de otra con Calle que traviessa.


1712 JOSEPH GARCIA

Una casa que tengo fuera el muro de la presente villa al portal que dizen de Maria Violeta, con los limites y linderos que tiene, que son con el muro de dicho portal, y con comunes de la villa.




1715 ALEXANDRO GARCIA Y THOMAS GARCIA

         JOSEPH SALVADOR Y THOMASA GARCIA

         VICENTE ARMELLES clerigo



Una casa de morada, y un huerto que tenemos en la presente villa, la dicha casa en la calle nombrada de la Abadia con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Pedro Prats, y de costeras la una con casa de Bautista Garcia, nombrado de la Belluga, y de la otra con casa de Antonio Garcia. Y el huerto, esta en la calle que esta baxo la que nombran dels Terrats con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con casa del licenciado Miguel Orti presbitero, de otra con la muralla de la villa, de otra con huerto de Joseph Orti de Marcos Antonio, y de otra con comun de la villa.




1715 FELIX ARMELLES

Una casa de morada que yo el dicho Felix Armelles tengo en la Puerta nombrada de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con el muro de la villa, de otra con casa de Ignacio Mendaño, de otra con la Calle del Portal de la Ventallosa que passa por medio, de otra con casalicio de Luis Falco, de otra con comun nombrado lo single de les Roques, y con camino publico.



1715 DR. PEDRO GARCIA

Una casa de morada que tengo en el arraval de la presente villa, con los limites y linderos que tiene que son de la una parte, con el arraval, y de la otra con la Calle de Arriba, y de costeras la una con casa Miguel Garcia, y de la otra con casalicio del dicho Bernardo Garcia clergue.
Otra casa de morada con un huerto a ella contiguo, que yo tengo en la presente villa, mas alla de la Cueva de la herreria, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con heredad mia propia, de la otra con camino nombrado de les Roques, de otra con la replaçuela comuna, y de la otra, con el comun nombrado lo single.

1715 ANTONIO SALES DE THOMAS

Una casa de morada que tengo en el arraval de Baxo o camino de las Heras de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de costeras la una con casa de Joseph Prats, y de otra con casalicio de Geronymo Garcia, y de la parte de abaxo con casa de Gaspar Tosca, y Joseph Salvador de Pedro, y de la parte de arriba con dicha calle, o camino que va a las dichas heras.


1715 JOSEPH MOLINS

Una casa de morada que tengo en la presente villa en el Portal de la Barbacana, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con la Calle nombrada del Balle, de otra con casalicio del heredero de Don Joseph Querol, de otra a las espaldas con casalicio de los herederos de Joseph Orti, y de la otra a la una costera con la Plaça Nueva, y dicho Portal.


1715 THOMAS ORTI

Una casa, y huerto que tengo en la presente villa, en el camino de la Peguesa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con casa de Jacintho Escuder, de otra con comun de la villa, de la otra con casalicio, y huerto de Agustin Selma, y de otra con dicho camino.

1715 ANTONIO GARCIA

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de otra con casa de Antonio Prats, y de costeras la una con casa de Joseph Orti de Jayme, y de la otra con casa del licenciado Vicente Armelles presbitero.



1715 MIGUEL JUAN SALVADOR

Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada dels Terrats, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha calle, y de la otra con casalicio de los herederos del licenciado Pedro Salvador presbitero, y patio de la Iglesia, y de costeras con casalicios de Meregildo Garcia, y Thomas Esteve, y de otra con casa de Vicente Carbo.

1715 PEDRO ANTONIO MOLINS

Una casa de morada y huerto que tengo, en la calle que esta baxo la Abadia, con los limites, y linderos que tiene, que son, con la muralla, con casalicio de los herederos del licenciado Thomas Garcia, huerto de Mn. Ignacio Garcia presbitero de la villa de Morella, y dicha Calle.



1715 JOSEPH ORTI DE JAYME

Una casa de morada que tengo en la Calle de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Antonio Prats, y de costeras, la una con casalicio de Joseph Marques, y de la otra con casa de Antonio Garcia.

1715 MIGUEL GARCIA Y JOSEPHA JUANES

Una casa de morada que tenemos en la Plaza Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte con dicha plaza, y casa de Antonio Salvador de Miguel, y de la otra con casa de morada del Dr. Pedro Garcia, y de costeras la una con el Arraval de la presente villa, y de la otra a la parte de arriba con Calle publica.



1715 JOSEPH PRATS

Una casa de morada que tengo en los Arravales de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con el Arraval de Arriba, y de la otra con el Arraval de la Hera, y de costeras la una con casalicio de Joseph Orti de Felix, y de la otra con casalicio de Jayme Pitarch de la villa de Culla.

1715 VICENTE ARTOLA
         JOSEPH GARCIA DE LA BELLUGA

Una casa de morada que tengo, en la Calle nombrada dels Terrats con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicha calle, y con el Portal, y de la otra con casa de Marcos Vinaixa, y casica para paja de Bartholome Salvador, y de costeras, la una con casalicio de Emeregildo Garcia, y de otra con el comun dels Basots.

1715 JOSEPH PRATS
         JOSEPH ORTI DE LES SOLANES

Una casalicio, o casa quemada que tengo, en la Calle del Camino de las Heras, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicha calle, o camino, y de la otra con casa de Gaspar Tosca, y una calzada, y de costeras, la una con casa de Joseph Sales nombrado de les Freixes, y de otra con casalicio de Antonio Sales de Thomas.

1715 MIGUEL BELTRAN Y VICENTA FALCO
         ISIDRO ROCA

Un patio de casa quemada, que tenemos en la presente villa en el arraval nombrado del Peyro, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte con dicha calle, o arraval, y de la otra, con la otra arraval que nombran el Camino de las Heras, y de costeras la una con casalicio de los herederos de Melchor Escuder, y de la otra con casa del dicho Isidro Roca.



1716 JOSEPH PRATS
         MIGUEL ORTI

Una casa de morada que tengo, en la calle nombrada del camino de las Heras, con los limites, y linderos que ella tiene que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra aparte de abaxo con la calzada del camino de la Peguesa, y de costeras, la una con casa de Joseph Sales nombrado de les Freixes, y de otra con casa del licenciado Francisco Roca.

1716 ANTONIO GARCIA

Una casa de morada que en la presente villa de Ares, en la Calle que nombran de la Abadia, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte ccon dicha calle, y de la otra a las espaldas con patio de la casa de Antonio Prats, y de costeras la una con casa del Ldo. Visente Armelles presbitero, y de la otra con casa de morada de Joseph Orti, hijo de Jayme.


1716 FELIX ARMELLES

         ANDRES ARMELLES



Una casa que tengo en la presente villa en la Calle nombrada de les Roques al Portal de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con comun de la villa a la muralla, con casa de Ignacio Mendaño, con dicho portal, y con comun nombrado lo Singlet de les Roques.





1717 FRANCISCO SALVADOR ORTI

Una casa que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada del Camino de la Peguesa, con con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte a la frontera con dicho camino, y de la otra alas espaldas con guerto de Pedro Chiveli, y de costeras la una con casa de Marcos Antonio Vinaixa, y de la otra con comun de la villa.

1717 Dr. PEDRO GARCIA

Una casa de morada, que tengo en el arraval de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son, de la una parte con dicho arraval, y de la otra con la Calle nombrada lo Carrer de Dalt, y de costeras la una con casa de Miguel Garcia escultor, y de la otra con casalicio de los herederos de Bernardo Garcia.

1718 MIGUEL JUAN GARCIA

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle que sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de la otra con casa de Antonio Roca, que es por la parte de atras, y de costeras la una con casa de Miguel Garcia escultor, y de la otra con casalicio del Dr. Pedro Garcia.



1718 MARIA PUIG TOSCA

Una casa, que esta sita en la presente villa, serca la portera de la Muela, que linda por la una parte con calle, y con casa de Jayme Solsona, y de la otra con casa de Dionisio Puig, y de costeras la una con casa de Joseph Roca, mayor de dias, y de la otra con comun de la villa.

1718 ANTONIO FOLCH Y TOMASA BONO (CASTELLFORT)
         ROQUE PITARCH Y JOSEPH PITARCH

Una casa quemada, que tenemos en la dicha villa de Ares en la Plaça Nueva, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha Plaça Nueva, y de otra con comun que esta entre la nevera, y dicho casalicio, y de costeras la una con camino que passa de dicha Plaça a la dicha nevera, y de la otra con casas de Joseph Molins, y Dn. Joseph Querol.

1718 JOSEPH SALES DE ROQUE
         BLAS VAQUER

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada de la Abadia, con los limites y linderos que tiene, que son, de la una parte con dicha calle, y de otra con casa de los herederos de Miguel Amella, y de costeras la una con casa de Joseph Dualdo, y de otra con casa de Joseph Moliner.

1721 Ldo. IGNACIO GARCIA

Una casa de morada que tengo en la Plaça Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Plaça de otra con casa de Antonio Salvador o Geronymo Puig, de otra con la Calle de Arriba, de otra con la casa de morada del Dr. Pedro Garcia, y de otra con el arraval que sale de dicha Plaça Nueva, que es el del juego de la pelota
Una nevera que tengo fuera el Portal de la Calle de los Texados, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con casa de Blas Orti que esta a la parte de dentro del dicho Portal, y por las otras tres partes con comun de la villa.

1721 JOSEPH TOSCA

Una casa de morada que esta en el Camino de la Peguesa de esta villa con los limites y linderos que tiene que son de la una parte con dicho Camino de la Peguesa, de otra con casa de Custodio Clariach sirujano, y patio de Antonio Sales de Thomas, de costeras la una con patio de Miguel Salvador menor texedor, y de otra con un patio tiene dicha casa delante la puerta de arriba, y el dicho patio alinda con dicha casa con patio de de dicho Custodio Clariach, y con comun de la villa.



1721 ANTONIO SALES

Una casa de morada que tengo en el arraval debaxo, de la presente villa con los limites, y linderos que tiene que son, de la una costera con casa de Custodio Clariach, y de otra con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinaixa, de un cabo a la parte de baxo con casa de los herederos de Gaspar Tosca, patio para casa de Joseph Salvador de Pedro, y comun, y de otro a la parte de arriba con Calle publica que va a las heras.

1721 JOSEPH ROCA

Una casa de morada que tengo en la presente villa en el Llano del Agup con los limites y linderos que tiene que son de la una costera con casa de Joseph Roca menor de dias, y de las otras con via publica, y comun de la villa.



1722 JOSEPH GARCIA DE BAUTISTA
          ANTONIO SALVADOR DE LA MONTALVANA

Una casa de morada que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada dels Terrats, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con dicha Calle, y Portal, y de la otra con casa de Marcos Vinaixa, y de costeras una con comun nombrado dels Basots, y de otra con casalicio de Meregildo Garcia.

1722 ANTONIO SALES DE THOMAS Y JOSEPHA ROCA

Una casa de morada que tenemos, sita en la presente villa en el Pla del Algup, serca de la portera de la Muela, con los limites, y linderos que tiene que son por la una parte con casa de Joseph Roca menor de dias, y por las otras tres partes con comun de villa
Una casa de morada que tenemos, y oy en dia habitamos nuestra propria, sita en el Arraval de baxo, de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte con casal, o patio de Baltazar Orti, y de otra con casa de Joseph Tosca clergue, con patio de Joseph Salvador de Pedro, y con Calle publica que va a las Heras.



1722 JOSEPH SALES DE BERNARDO
         GERONYMO ESCURIOLA

Una casa de morada sita en la presente villa de Ares, en la Calle nombrada del Pellerich, que allinda, y limita, con dicha Calle nombrada del Pellerich, con la Iglesia, que al presente se fabrica, con el passo de las peñas del Castillo, y con el patio, que antes era casa de los herederos de Juan Balaciart.



1722 JOSEPH SALES DE BERNARDO

Una casa de morada, que tengo, y posseo en la Calle Nueva de la presente villa de Ares, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con dicha calle, y de otra con la Plasuela del orno, y de costera la una con casa de Christoval Gillida, y de otra con casal de la Capellania de Santa Barbara.



1722 JOSEPH SALVADOR DE MIGUEL Y THOMASA GARCIA

Un patio de casa, en la presente villa, delante de la Iglesia Nueva, con los limites,y linderos que tiene, que son de la una parte, con el patio del Meson de la villa, de otra, con casalicio de los herederos de Mn. Pedro Salvador, de otra, con casas de Miguel Juan Salvador, y de otra, con la Calle que travesana por delante la Iglesia, y al presente, esta inclusa dicha calle, en dicha Iglesia.


1725 MIGUEL JUAN GARCIA

Una casa que tengo de morada, en esta presente villa, en el llano del Algibe, que alinda, con la calle que sube a la Muela, con el Camino de dicha Muela, con casa de Antonio Salvador de Miguel, y con patio de casa, de los herederos de Luis Beltran.



1725 JAYME GRAU
         ASENSIO COLOM
         JOSEPH MARIN

Un casal, o patio de casa quemada, y derribada, que esta sito, en la Calle Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son de la una parte, con dicha Calle Nueva, y de otra con el muro de la villa, y de costeras, la una con casa de Ignacio Mendaño, y de la otra con la Calle, que baxa, a la Calle mas baxa, y casa de Pedro Ribera.

1725 LUIS BELTRAN Y JOSEPHA TRONCHO

Una casa de morada, sita en la presente villa, sobre el Poço, en el llano del Algibe, que alinda, por tres partes, con calle publica, y de la otra, con casa de Ursula Anna Guimera, viuda de Miguel Prats del campello, vezina de la villa de Morella
Un casal, o casa quemada, en la presente villa, en la calle, que sube a la Muela, que solia ser, de Joseph Guimera, que alinda, por una parte con dicha calle, y de otra, con la calle que tambien sube a la Muela, y de costeras, la una, con casal, o casa quemada del Dr. Pedro Garcia, y de la otra, con casa de Miguel Juan Garcia, nombrado dels Prats.



1725 MIGUEL LORENTE Y HIPOLITA BOLAS

Un patio metad de casa que tenemos en la Calle Nueva de esta villa, con los limites, y linderos que tiene que son de la una parte, con la casa que nosotros tenemos en dicha Calle Nueva, y de la otra con la Calle de abaxo, y de costeras la una, con patio de casa de Pedro Salvador, y de la otra con casa de Carlos Marin.

1726 FELIX ARMELLES

         MARIA ARMELLES



Una casa de morada, que tengo en la presente villa, en la Calle nombrada del Portalet de la Ventallosa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con la Calle del dicho Portalet, que passa por baxo, de parte de ella, y con casa de Andres Armelles también mi hijo, de otra, con el muro de la villa, y dicho Portal, y casal de Luis Falco, de otra, con comun de la villa, nombrado lo Singlet de les Roques



1726 ANTONIO SALES y JOSEPHA ROCA 

Una casa de morada que tenemos, en la presente villa, en el arraval de baxo, con los limite, y linderos que tiene, que son, con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinayxa, con patio, o casal de Baltasar Orti, a la parte de baxo, con patio de Joseph Salvador, hijo de Pedro, y casa de los herederos de Gaspar Tosca, y a la parte de arriba, con la Calle, que va a las Heras. 
Una casa de morada, que tenemos, en el llano del Algibe de la presente villa, que en sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con una replazuela, de otra con común de la villa, de otra con Calle, y de otra con casa de Joseph Roca.



1726 CRISTOVAL GILLIDA y AGUSTINA BLASCO
         MARTIN DOLZ

Dos patios de casa, o casales, y un huerto contiguos, que tenemos, al cabo de la Calle Nueva de la presente villa, con los limites, y linderos que tienen, que son, de la una parte, con dicha Calle Nueva, y Calle que baxa a la Calle de mas abaxo, y de la otra, con el muro de la presente villa, y de costeras la una, con casa de morada de Joseph Vives, y la otra, con huerto de los herederos de Bernardo Garcia. 

1726 JOSEPH PRATS

Una casa de morada, sita en el arraval de la presente villa, que alinda, con casa de Joseph Orti de Felix, con casal de los herederos de Jayme Selma, y con los dos arravales.


1726 ANTONIO SALES DE BERNARDO y ESPERANZA OSTAL

Una casa de morada que tenemos en esta presente villa, en la Calle nombrada del Batle, con los limites, y linderos, que tiene que son, por un lado, con el patio del granero del Ilmo Señor Comendador, y por las otras tres partes, con tres calles publicas.

1726 ANTONIO SALES DE THOMAS y JOSEPHA ROCA

Una casa de Morada, sita, en el arraval baxa, de esta villa, que alinda con casa de los herederos de Marcos Antonio Vinaixa, con patio, o casal de Baltazar Orti, a la parte de abaxo, con patio de Joseph Salvador de Pedro, y comun, y casa de los herederos de Gaspar Tosca, y a la parte de arriba, con la calle que va a las heras.
Una casa que tenemos sita en el llano del algibe de esta villa, que sube a la Muela, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con la replazuela, de otra, con comun de la villa, y de otra con la Calle, y de otra con casa de Joseph Roca. 

1726 THOMAS SALES
         JOSEPH PRATS

Una casa de morada, que tengo, en la Calle Nueva de esta villa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de la una parte, con dicha calle, y de la otra, con la replasuela del Ospital, y de costeras la una, con casa de Cristhoval Gillida, y de la otra, con el patio o casal, de la casa de la Capellania de Santa Barbara. 


1726 AGUSTIN SELMA y JOSEPH SELMA

Una casa de morada, que tenemos en el arraval del Peyro, de la presente villa, camino de las Eras, con los limites, y linderos que tiene, que son, a la parte de arriba con dicho arraval del Peyro, y a la parte de abaxo, con dicho camino de las Eras, y de costeras, la una, con casa de Isidro Roca, y de la otra con casal de Jayme Pitarch de la villa de Culla. 

1726 JOSEPHA TRONCHO viuda de LUIS BELTRAN

Un casal, o casa quemada que tengo, al llano del aljibe de esta presente villa, con los limites, y linderos que tiene, que son, de costeras la una, con casa de Miguel Juan Garcia, nombrado dels Prats, y de la otra, con casa de Joseph Sebastia, y de los cabos con dos caminos publicos.

1731 THOMAS ORTI

         ANTONIO ORTI


Una casa sita y puesta en esta dicha Villa de Ares, y en la Calle intitulada el Arrabal de Abajo, que alinda por los lados, con casa de Simón Omella y comunes de villa, en las espaldas con otros comunes de villa y por delante con camino Real de Villafranca.



1731 ALEXANDRO SALVADOR


Una casa sita y puesta en esta dicha Villa y en la calle dicha el Carrer Nou, la que alinda por los lados con casa de Antonio Ortí y patio derruido de Thomas Palatsi de las espaldas con muralla calle en medio, y por delante con casa de Christoval Gillida mediante dicha Calle. 

1732 ISIDRO ROCA
         REMIGIO CARBO

Una casa sita, y puesta en el arrabal de esta dicha villa, la que alinda de los lados, con casa de Isidro Salvador y calle que sube assi a la plaza intitulada dels Basots, por delante con casa derruida de Luis Falco, y por las espaldas con la Plaza de dicha villa, y casa del licenciado Ignacio García presbytero.

1732 IGNACIO MENDAÑO Y THOMASA BARREDA
         FRANCISCO ESTEVE

Un patio de casa derruido, sito y puesto dentro los muros de esta dicha villa y a la parte llamada la Calle Nueva, que alinda por los lados con casas de la herencia de Alexandro Salvador y de Miguel Lorente, por delante con casas de Cristhobal Gillida, y Joseph Prats mediante dicha Calle, y por las espaldas con casa de Blas Ortí Calle en medio. 

1732 JOSEPH GARCIA Y CIFRE
         JOSEPH ESTEVE

Un patio de casa derruido, sito y puesto en el arraval subiendo a la muela, el que alinda por los lados con otro patio derruido, y corral de dicho vendedor, por delante con las espaldas de la casa del mismo vendedor, y por las espaldas con casa Juan Garcia mediante dicha calle e o arraval.

1732 JOSEPH GARCIA

Una casa que tengo en la presente villa fuera el portal nombrado de la Violeta, la que alinda por todas partes con comunes de villa.

1732 JOSEPH BALACIART

Una casa que poseo dentro los muros de esta villa en la Calle intitulada del Horno, la que alinda por los lados con casa de Joseph Marin, y casa de D. Joseph Querol presbytero calle en medio por las espaldas con casa de Joseph Orti; y por delante con casa la viuda de Antonio Sales mediante dicha calle.



1732 JOSEPH ULLDEMOLINS



Una casa, que poseo dentro los muros de esta villa, y junto al Portal de la Plaza, la que alinda por los lados con dicho Portal, y casal de dicho D. Joseph Querol presbytero, por las espaldas con casa de Joseph Sales de Roque, y por delante con la Calle llamada del Bayle.




1732 Mn. FRANCISCO ROCA
         Rvdo. CLERO ARES

Una casa que tengo en la presente villa, en el Camino intitulado de las heras, e o de la Peguesa por delante y espaldas con Camino de las heras, de un lado con huerto del Dr. Thomas Escurida, y de otro con casa de Joseph Sales de les Freixes.

1733 IGNACIO SALVADOR
         PEDRO PRATS

Una casa que tengo dentro los muros de esta dicha villa en la Calle intitulada del Hospital, la que alinda por los lados con dicho Hospital, y casa de Juan Carbo, de espaldas con las espaldas de las casas de Antonio Garcia, y de Joseph Marin, y por delante con casal derruido del licenciado Miguel Selma presbytero.



1733 FRANCISCO ESTEVE
         LAMBERTO CRUZ Y JOSEPHA TORNER

Un casal derruido, sito y puesto dentro de los muros de esta dicha villa en la calle vulgo dicha el Carrer Nou el que alinda por los lados con cassas de Agustin Selma, y de Miguel Lorente por delante con cassas de Cristhoval Gillida, y de Joseph Prats, dicha Calle Nueva en medio.

1733 Mn. MIGUEL ORTI ARMELLES

Una cassa que tengo, sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, en la Calle intitulada de la Abadia, que alinda por los lados, con dicha Abadia, y cassa de Vicente Sales callejon en medio, por delante con patio derruido del beneficio que obtiene el licenciado Francisco Roca presbytero mediante dicha calle en medio.



1733 Mn. FRANCISCO ROCA



Una cassa que tengo en el arraval de debajo de esta villa, la que alinda por los lados con patio derruido de Pasqual Garcia y con huerto de Luis Falco, por delante con cassa de Maria Brell consorte de Narciso Dalmau, y antes viuda de Joseph Prats dicho arraval en medio, y por las espaldas con la calle que va accia las heras.




1733 Mn. AGUSTIN ORENGA

Una cassa que tengo en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con casas de la villa, y de Isidoro Salvador, por delante con cassa del licenciado Ignacio Garcia dicho arraval en medio, y por las espaldas con huerto de Luis Falco arraval de abajo en medio.



1733 Mn. VICENTE ARMELLES



Una cassa que tengo dentro los muros de esta dicha villa, en la Calle llamada de la Abadia, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Garcia de la Belluga, y de Antonio Garcia, por delante, con cassa de Miguel Tosca dicha calle en medio, y por las espaldas con cassa de Antonio Blasco Calle que va a la Cueva en medio. 

1733 FRANCISCO ESTEVE

Una cassa que tengo bajo el Castillo de esta dicha villa a la parte de medio dia, la que alinda por los lados con bancal mio proprio, y casa de Vicente Beltran calle en medio, por delante con dicho Castillo mediante la calle, y por las espaldas con comunes de villa.


1733 JOSEPH SALES de ROQUE

Una cassa que tengo en la Plaza de esta dicha villa, la que alinda de los lados con cassa de Joseph Ulldemolins, y el cimenterio, passo que va a la nevera en medio, por las espaldas con dicha nevera, patio en medio, y por delante con dicha Plaza.

1733 ANTONIO ULLDEMOLINS

Una cassa que tengo dentro los muros de esta villa en la calle vulgo dicha del Portal de la Violeta, la que alinda de los lados con huerto de Joseph Orti, y patio derruido de Mosen Ignacio Garcia presbytero de Morella, por las espaldas con la muralla, y por delante con las espaldas de la Abadia dicha Calle en medio.

1733 JOSEPH ORTI DE JAYME

Una cassa que tengo dentro los muros de esta villa en la Calle intitulada de la Abadia, la que alinda de los lados con cassa de Antonio Garcia, y patio derruido de Joseph Marques, por delante con cassa de Ventura Fuertes dicha calle en medio, y por las espaldas con cassa de Joseph Domingo.


1733 JOSEPH GARCIA Y CIFRE

Una cassa que tengo en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con cassas de Joseph Orti de la Belladona, y del Reverendo Clero, que antes era de Mosen Gaspar Armelles presbytero ya difunto, por delante con casa de Maria Brell consorte de Narciso Dalmau y antes viuda de Joseph Prats dicho arraval en medio, por las espaldas con cassa derruida de Joseph esteve callejon en medio.

1733 ISIDRO ROCA

Una cassa que tengo en la Calle de Arriba que va a las eras de esta villa, la que alinda por los lados con cassas del licenciado Miguel Celma presbytero, y del Dr. Thomas Escurida, y por delante con tierras de Jayme Pitarch de Culla dicha clalle en medio, y por las espaldas con cassa de Miguel Garcia de Bartholome Calle de Abajo que va a las heras en medio.

1733 THOMAS ORTI

Una cassa sita en esta dicha villa, y en la Calle e o camino de la Fuente de la Peguesa, que alinda por los lados con cassa de Jacintho Escuder, y patio derruido de Agustin Selma, de espaldas con comunes de la villa, y por delante con huerto de Luis Falco calle en medio.

1733 JOSEPH MARIN
         MANUEL FALCO

Un suelo de cassa, que esta bajo los altos de la que habita dicho Falco, propria de Joseph Huguet su suegro, la que esta sita, y puesta dentro de los muros de dicha villa, y en la calle vulgo intitulada del Carrer Nou, que toda junta alinda por los lados con cassa de Carlos Marin, y patio derruido de los herederos de Jayme Orenga, de espaldas con el muro de la villa calle de Pedro Ribera en medio, y por delante con el granero de Jayme Grau dicha Calle en medio.



1733 AGUSTIN SELMA

         JAYME JOSEPH SALVADOR


Una cassa con su huerto en frente, que alinda por los lados con cassa de Antonio Orti, y casal de Thomas Palatsi, por delante con cassa de Cristoval Gillida la Calle Nueva en medio, y por las espaldas con dicho huerto la que esta sita dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle dicho lo Carrer Nou, y el huerto alinda por una parte con la citada cassa, por otra con el muro de dicha villa, por los lados, con huerto de Lamberto Cruz, y por otro con callejon publico. 

1733 IGNACIO Y THOMAS ESTEVE

Una cassa que queda por indivisso, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle intitulada de las Heras, que alinda por la parte de dichas heras con comun de villa, por otro lado, con cassa de Patricio Monfort, y por delante con cassa de Juan Vinaixa dicha calle en medio, y por las espaldas con tierras de Jaime Pitarch de Culla tambien calle en medio.

1733 BARTHOLOME ORTI
         JOSEPH Y VICENTE ORTI

Un patio de cassa sito y puesto en la dicha villa de Ares en la Calle llamada de las Eras, el que alinda por los lados con cassa de Dionisio Escuder, y de Custodio Clariach, por delante con cassa de Agustin Selma dicha calle en medio, y por la parte de abajo con las espaldas de la casa de Joseph Sales carpintero. 



1733 LAMBERTO CRUZ

         JOSEPH SALVADOR del PUIG


Un patio de cassa derruido, sito, y puesto dentro los muros de esta presente villa, y en la calle intitulada del Carrer Nou, el que alinda por los lados, con cassas de Jayme Joseph Salvador, y de Miguel Lorente, por delante con cassa de Cristhoval Gillida calle en medio, y por las espaldas con el muro de esta villa tambien calle en medio. 

1682 BARTHOLOME SALVADOR
1734 ISIDRO SALVADOR Y MARIA FERRERES
         MADALENA Y BARTHOLOME SALVADOR

Una casa sita y puesta en el arraval de esta dicha villa que alinda por los lados con casas del licenciado Agustin Orenga presbytero, y de Remigio Carbo, por la Puerta del arraval de arriba con casa el licenciado Ignacio Garcia presbytero mediante dicho arraval, y por la Puerta del arraval de abajo con casa derruida de Luis Falco dicho arraval en medio. 

1734 LDO. GASPAR ARMELLES
         Rvdo. CLERO ARES
         FRANCISCO PUIG

Una casa sita, y puesta en el arraval de arriba de esta dicha villa la que alinda por un lado con casa de Joseph Gracia y Cifre, y por otra con casal derruido de dicho Garcia, por delante con casa Maria Brell consorte de Narciso Dalmau, y antes viuda de Joseph Prats, y casal derruido de Jayme Pitarch de Culla, y por las espaldas con patio del referido Joseph Garcia y Cifre.

1734 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES

Una cassa nuestra propria, sita y puesta en esta dicha villa a la parte nombrada del camino de la Peguesa, la que alinda por un lado con cassa de Custodio Clariach cirujano, por otro lado con dicho camino, por las espaldas con cassa de Joseph Sales carpintero, y por delante con replacica.

1734 ANTONIO SALES

Una casa que tengo sita y puesta en esta dicha villa en el sitio intitulado del camino de la Muela, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Roca, y corral de Joseph Garcia y Cifre, passo en medio de espaldas con replaza, y por delante con comun de la villa.



1735 Mn. JUAN BAUTISTA GARCIA


Una cassa que detengo y poseo, sita y puesta en el arraval de esta misma villa, la que alinda por un lado con casa de la villa intitulada la Corte, por otro con casal de Jayme Pitarch de Culla por la parte de arriba con casal de Joseph Garcia y Cifre mi hermano arraval de arriba en medio, y por la parte de abajo con huertos de Luis Falco y del licenciado Francisco Roca arraval de abajo tambien en medio.



1735 PEDRO ULLDEMOLINS


Una cassa sita y puesta en esta presente villa a la parte e o Calle nombrada del Portal de na Violeta, la que alinda por un lado, con cassa del dicho licenciado Miguel Orti, por otra con casal del licenciado Vicente Armelles presbytero, por las espaldas con tierras de Miguel Juan Salvador el mayor comunes de la villa en medio, y por delante con las espaldas de otra cassa de dicho licenciado Miguel Orti, y la Abadia calle en medio.



1735 ANTONIO BLASCO



Una cassa sita y puesta en la misma villa, y en la Calle llamada del Campanario, la que alinda por los lados, con casales derruidos de Jayme Martinez, y de Roque Meseguer, por las espaldas con el Castillo de esta villa, y por delante con cassal derruido dels Escuder mediante dicha Calle.




1735 Rvdo. CLERO ARES

         REGIDORES Y PADRE DE POBRES



Un entresuelo de cassa que esta encima el pajar de Ventura Fuertes, y bajo el granero de dicho Rvdo. Clero, que toda la cassa junta alinda por delante con cassa de Joseph Orti de Jayme, por un lado con casa de dicho Ventura Fuertes, por otro lado con pajar de dicho Joseph Orti, Castillo en medio, y por las espaldas, con casal de dicho clero que era de Jacintho Beltran, y dicha cassa, y ahora graneros era de Antonio Palatsi.


1735 Rvdo. CLERO ARES
         DIONISIO PUIG

Un patio de cassa derruido, que esta sito en esta dicha villa a la Calle nombrada del Portal de na Violeta, que alinda por una parte con la muralla de esta dicha villa, y por las demas partes, con vias publicas.

1735 ANTONIO SALES Y JOSEPHA ROCA

Una casa sita en esta dicha villa, y en el sitio dicho del Llano del Algub subiendo a la Muela, la que alinda por los lados con cassa de Joseph Roca, y corral de Joseph Garcia mediante passo, por delante con comun de la villa, y por las espaldas con cassa de Dionisio Puig, y tierras de Jayme Pitarch de Culla replaza en medio.

1735 JOSEPH ORTI

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada de la Abadia, que alinda por los lados con casal de Joseph Marques, y por las espaldas con casa de Joseph Domingo.

1735 BLAS ORTI (MORELLA)

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle dicha Dels Terrats, la que alinda por los lados con casa de Carlos Garcia, y cassa de Miguel Garcia escultor dicha la nevera, por delante con casa el licenciado Joseph Escuder mediante dicha calle, y por las espaldas con la Costanella, y huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero.

1736 LAMBERTO CRUZ Y JOSEPHA TORNER

Una cassa con su huerto a las espaldas de ella, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle intitulada Lo Carrer Nou, la que alinda por los lados con cassa de Antonio Orti, y casal de Martin Dolz, callejon que baja al muro de en medio, por delante con casal de Agustin Selma mediante dicha Calle, y por las espaldas con dicho huerto, y huerto de Joseph Garcia tambien Calle en medio.

1736 CARLOS GARCIA

Una casa, que tengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle intitulada dels Terrats, la que alinda por los lados con cassas de Blas Orti, y Vicente Sales cerrajero, por delante por la puerta de arriba con cassa de Pasqual Escuder dicha Calle en medio, y por las espaldas por la puerta de abajo, con huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero, tambien Calle en medio.

1736 JOSEPH ORTI DE FELIX
          ALMOSNA DELAGART

Una cassa que tenemos sita y puesta en el arraval de arriba de esta dicha villa, la que alinda por los lados con cassa de Maria Brell antes viuda de Joseph Prats, y ahora consorte de Narciso Dalmau, por otro lado con tierras de Jayme Pitarch de Culla mediante passo que traviessa de un arraval a otro, por la parte de la puerta de arriba con cassa de Joseph Orti de la Belladona dicho arraval de arriba en medio, y por la parte de la puerta de abajo con casal de la viuda de Raymundo Garcia, y cassa del licenciado Francisco Roca presbytero mediante el arraval de abajo.

1736 PEDRO PRATS

Una cassa, que detengo, y posseo dentro los muros de esta presente villa, y en la Calle llamada del Hospital, la que alinda por un lado con el Hospital de dicha villa, y cassa Juan Carbo, por delante con cassal de intitulado dels Selmes dicha calle en medio, y por las espaldas, con las espaldas de la cassa de Joseph Marin.

1736 Mn. JUAN BAUTISTA GARCIA

Una cassa que detengo, y poseo sita y puesta en el arraval de esta misma villa, la que alinda por un lado con la Cassa de la Corte propria de la villa, por otro con casal de Jayme Pitarch de Culla, por la parte de arriba con casal de Joseph Garcia y Cifre, y por la parte de abajo, con huerto del infraescrito escrivano Joseph Artola, y del licenciado Francisco Roca presbytero arravales de abajo, y de arriba en medio.



1736 ESPERANZA DE OSTAL

Una casa, sita en esta dicha villa, y en la Plaza delante la Iglesia nueva, que alinda por los lados con granero derruido del Comendador, y la Sala de la Villa ahora Iglesia Calle en medio, por la parte de arriba con la Plaza de dicha Iglesia, y por la parte de abajo, con casa de Joseph Balaciart, y calle que baja a la Calle Nueva, Calle del Horno en medio.



1736 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES


Una cassa sita en dicha villa a la parte nombrada del Camino de la Peguesa, alinda por un lado con casa Custodio Clariach, por otro con dicho camino, de espaldas con casa de Joseph sales carpintero, y por delante con replazica.





1737 PATRICIO MONFORT Y VICENTA PITARCH

         MIGUEL GARCIA del RACO

Una cassa sita y puesta en esta dicha villa, en la Calle intitulada de las Eras, que alinda por un lado con cassa de la viuda de Miguel Juan Esteve, por otro con cassal de Jayme Pitarch de Culla, por delante con cassa de Dionisio Escuder, dicha calle en medio, y por las espaldas con tierras de dicho Jayme Pitarch, Calle de Arriba que va a dichas eras en medio.

1737 VICENTE FALCO (CABANES)
         MIGUEL SALES

Un patio de cassa derruido que tengo sitto y puesto en dicha villa de Ares, y en la Calle nombrada de la Cuesta de dicha villa, que alinda por un lado con cassa de Gaspar Mendaño, por otro con cassa Andres Armelles el mayor, mediante una replacica, por parte de arriba con las peñas del Castillo de dicha villa, y por la parte de abajo con comun de villa, e o el camino que baja al Baset Nou.

1737 DIONISIO ESCUDER Y IGNACIA MONFORT

Una casa que detenemos, y posehemos sita en esta dicha villa, y en la Calle dicha de las Heras, que alinda por los lados con cassa de Juan y Jayme Vinaixa, y casal de Joseph Orti de Balthasar, por parte de arriba con cassa de Miguel Garcia intitulado del Raco dicha calle en medio, y por la parte de abajo con las espaldas de la casa de Joseph Sales carpintero, y replaza. 

1737 PEDRO SALES

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, al Portal de Na Violeta, attendiendo a que en el incendio, y ruina de esta villa se perdio tambien la casa del dicho Sales principal, por cuyo motivo sus herederos estan esparcidos por esse mundo.



1737 Mn. VICENTE ARMELLES
         ANDRES ARMELLES el menor Y FRANCISCA BORRAS

Una cassa, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle llamada Portal de na Violeta, que alinda por un lado con patio de cassa de Miguel Marques, por la parte dicha calle con casa del licenciado Ignacio Garcia presbytero de Morella, dicha calle en medio, por la parte de abajo con comunes de villa, y por delante con replacica delante de dicho portal.

1737 CRISTHOVAL HERRERA Y MARIA GARCIA

Una cassa, con su huerto contiguo que detenemos y posehemos en esta dicha villa, y a la Calle intitulada de las Peñas del Castillo, que sale a la cuesta de esta dicha villa, la que alinda por un lado con las peñas de dicho Castillo dicha calle en medio, de otro lado con dicho huerto, e o muro de la villa, y este con comunes de dicha villa, de espaldas, con casal de Geronimo Garcia, y por delante con cassa de Jayme Esteve replacica en medio.



1737 MIGUEL SALES
         LORENZO SALES

Parte de un patio de cassa derruido que compre de Vicente Falco, que esta sito y puesto en esta villa, y en la Calle nombrada de la Cuesta, que alinda por un lado con la otra parte de dicho patio de mi dicho vendedor, por otro, con cassa de Andres Armelles el mayor replacica en medio, por la parte de abajo con comun de villa, e o camino que va al Basot Nou, y por delante con las peñas del Castillo.

1737 THOMAS ESTEVE

Una cassa, sita y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada de las Heras, la que alinda por un lado con cassa de Miguel Garcia del Raco, por otro con comun de villa, antes dichas eras, por delante con cassa de Juan Vinaixa, dicha Calle en medio, y por las espaldas con tierras de Jayme Pitarch de Culla, tambien de dicha Calle de arriba en medio.

1737 MIGUEL JUAN SALVADOR
         Mn. JOSEPH ESCUDER

Patio de cassa derruido esta sito dentro los muros de esta dicha villa, y en la Calle dicha Dels Terrats, que alinda por los lados con cassa de Pasqual Escuder, y patio de cassa de Thomas Esteve, por delante con cassa de Blas Orti, dicha Calle en medio.

1738 Mn. MIGUEL ORTI ARMELLES


Una casa sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle llamada Bajos els Terrats, que alinda por un lado con la Abadia de esta misma villa, por otro con cassa de Vicente Sales cerrajero, callejon en medio, por la parte de arriba con casal del Beneficio de Mn. Francisco Roca dicha Calle en medio, y por la parte de abajo con cassa de Pedro Antonio Ulldemolins, Calle y replaza en medio.

Una cassa que detengo y posseo sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle que passa por debajo de la Abadia al Portal de Na Foresa, que alinda por una parte con huerto del licenciado Vicente Armelles, y huerto de Joseph Orti de Jayme, y por las demas partes con calles publicas.




1738 HERMENEGILDO Y BLAS MARIANO SALES


Sita y puesta dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle nombrada Bajo els Terrats, la que alinda por un lado, con cassa del licenciado Miguel Orti presbytero, mediante callejon que baja azia el Portal nombrado de Violeta, de otro lado con cassa de Carlos Garcia, por la parte de arriba, con casal derruido de Jayme Palatsi, dicha calle en medio, y por la parte de abajo con huerto del licenciado Vicente Armelles presbytero, mediante calle, y huertecito de dicha cassa.


1738 MIGUEL JUAN SALVADOR

         Mn: JOSEPH ESCUDER

        JOSEPH GARCIA DEL MAS BLANCH

        JOSEPH SALES DE SOLANELLES

Un patio de cassa derruido, sito y puesto dentro los muros de esta dicha villa, y en la calle llamada Dels Terrats, que alinda por una parte con cassa de Pasqual Escuder, por otro con patio de Thomas Esteve, por delante con cassa de Blas Orti dicha calle en medio, y por las espaldas, e o parte de arriba con la Iglesia nueva, calle, e o replaza en medio.

1738 PEDRO ANTONIO ULLDEMOLINS

Una casa sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle llamada del Portal de na Foresa, que alinda por un lado con patio de casa de Miguel Marques, por otro, con huerto de Joseph Orti de Jayme, por las espaldas con el muro, e o comunes de villa, y por delante con las espaldas de la abadia dicha calle en medio.

1738 JOSEPH ROCA

Una cassa que detengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y a la parte nombrada del Pla del Algub, que alinda por una parte con cassa de Jayme Solsona, por otra con casa de Antonio Sales de Thomas, por otra con cassa de Dionisio Puig, y por otra con tierras de Jayme Pitarch de Culla. 

1738 DIONISIO PUIG

Un casal derruido sito y puesto en esta dicha villa, y a la parte dicha del Portal de Violeta, que alinda por una parte con el muro de dicha villa, y por las demas partes con vias publicas.
Una casa sita en dicha villa, en la parte nombrada del Pla del Algub, que alinda por una parte con casa de Antonio Sales de Thomas, por otra con casa de Joseph Roca, de espaldas y por un lado, con tierras de Jayme Pitarch de Culla, comun en medio, y por delante con corral de los herederos de Joseph Garcia y Cifre mediante replacica. 

1738 Mn. IGNACIO GARCIA
        JOSEPH SANCHO

Una cassa de morada, que detengo y poseo, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle nominada del Portal Na Foresa, que alinda por una parte con casal derruido de mi dicho vendedor, nombrado del Vinculo del Mas den Oller, por las espaldas con casa de Miguel Tosca el mayor, y por delante con cassa de Andres Armelles el menor mediante dicha calle.

1739 MIGUEL SALES Y MANUELA CENTELLES
         BALTHASAR ORTI Y FRANCISCA ORTI

Una cassa sita y puesta en esta dicha villa, y a la parte nombrada del Camino de la Fuente de la Peguesa, que por un lado y por la parte de arriba con cassa de Custodio Clariach cirujano, y casal de de Joseph Orti de Balthasar, por otro lado y por la parte de abajo con comunes de villa, que estan encima el bancal intitulado de la Baseta, mediante dicho camino, por las espaldas, con cassa de Joseph Sales carpintero, y por delante con replacica que esta delante la puerta de arriba.

1740 PEDRO RIBERA Y JOSEPHA CARBO
         JOSEPH SOLSONA Y MANUELA RIBERA
         JOSEPH MARIN (PERAYRE)

Una metad de casa, esto es, desde el suelo de la puerta de arriba, hasta el tejado, sita y puesta en esta dicha villa, y en la calle que esta debajo la Calle Nueva, que alinda por un lado, con casa de Joseph Marin albañil, por otros con casal de Blas Orti, paso que sale a la muralla en medio, por las espaldas, con la dicha muralla, y por delante con casal de los herederos de Bartholme Salvador calle en medio.

1740 JOSEPH MARIN (ALBAÑIL)

Una casa sita, y puesta en esta dicha villa, y en la Calle llamada del Horno, que alinda por los lados con casas de Lamberto Monfort, y de Antonio Garcia de Melchor, por las espaldas, con las espaldas de la casa de Juan Carbo, y por delante con casa de Thomas Gillida, dicha Calle en medio.
Una casa sita, y puesta en esta misma villa, y a la parte nombrada la Calle Nueva, que alinda por un lado con casa de Joaquin Mendaño, por otro con casal de los herederos de Bartholome Salvador callejon en medio, y con casa de Joseph Marin perayre, de las espaldas con la muralla, y por delante con pajar, y corral del dicho Joaquin Mendaño, dicha calle en medio.

1740 PEDRO JUAN SALVADOR

Una casa que detengo, y poseo, en la Calle del horno, que alinda por los lados con casal mio proprio, y casa de la villa, por las espaldas con la Iglesia, mediante paso que va a la cueva de los machos de la carne, y por delante con dicha casa de la villa, dicha calle en medio.

1740 Mn. JOSEPH QUEROL
         AYUNTAMIENTO DE ARES

Un patio de casa derruido, sito, y puesto, en la Calle nombrada del Balle, que alinda por un lado con cassas de Joseph Ulldemolins el mayor, y Joseph Sales hijo de Roque, por otro con casa de Lamberto Monfort callejon que baja a la Calle Nueva en medio, por las espaldas, con casal de Agustin Selma, y muralla, y por delante, con la pilastra mas baja de la Sala nombrada de la Villa, dicha Calle del Balle en medio.



1741 JOSEPH GARCIA DEL MAS BLANCH(MAYOR)

Una casa, a la parte nombrada el Portal de la Foresa, que alinda por un lado con casal de Joseph Orti de Jayme, y por las demas partes con comunes de villa.
Otra cassa, a la parte nombrada el llano del Algibe, que alinda con cassa de Miguel Salvador el mayor, y de Vicente Orti el mayor, y con comunes de villa.

1741 MARIA THERESA BARREDA Y JUAN SALES

Una cassa sita en la Calle llamada de las Eras, que alinda por los lados con cassa el Dr. Thomas Escurida, y casal de los herederos de Raymundo Garcia, por delante con el huerto del dicho Dr. Escurida calle en medio, y por las espaldas con el Peyron del arraval de abajo.

1741 BASILIO MARIN PRATS Y MARIA DOMINGO

Una casa sita en la calle dicha lo Carrer Nou, que alinda por los lados con casa de Joseph Huguet, y casal nombrado de Antonio Roca, por las espaldas con casal de Blas Orti, calle en medio, y por delante con canaleta mediante dicha calle.

Me gustaría tener un poco de ayuda para identificar las casas, ¿Quién se anima?