Lo que queda, de los protocolos de Joseph Gerónimo Sales, se conserva en el AHNPM (Morella), fué notario publico residente en Ares, después de la Guerra de Sucesión, sustituyendo, quizás, al difunto Gregorio Santa María, cuyos protocolos por desgracia fueron destruidos en el incendio de Ares, según como indica este notario en alguno de sus protocolos.
Este es el testamento de María Orti mujer de Andres Armelles Marti, en el aparecen Vicente Armelles Marti presbítero cuñado, y sus hijos Andres Armelles Orti y Vicenta Armelles Orti. La transcripción es literal y con la ortografía de la época y del notario.
Testamento______________________________________________________
En el nombre de Dios nuestro
Señor, y de la Virgen Santissima su madre, y Señora Nuestra concebida sin
mancha, ni sombra de la culpa original en el primero instante de su ser
purissimo, y natural Amen.

Primeramente mando, y encomiendo
mi alma a Dios nuestro Señor, que la crio, e redimio, con el inestimable precio
de su sangre, y suplico a su Magestad la lleve consigo a su gloria, para donde
fue criada, y el cuerpo mando a la tierra, de que fue formado.

E nombro por mis albaceas
testamentarios al licenciado Vicente Armelles presbytero, residente en la
Parroquial Iglesia de esta dicha villa, mi cuñado, y al dicho Andres Armelles,
de mi muy amado esposo, vezino de la presente villa, a los quales doy poder
como se requiere, para que de lo mas bien parado de mis bienes vendan los que
bastaren hasta la dicha cantidad de diez y ocho libras, de dicha moneda, y
cumplan, y paguen lo expresado por mi en este mi testamento, sobre que les
encargo las conciencias; y de lo que obraren, y hizieren den cartas de pago, y
lo demas que pareciere conveniente, según el caso que se ofrezca, y valga como
si yo lo otorgasse.

Y
reboco y anullo otros qualesquier testamentos, y codicilos, que antes de
este aya hecho, por escrito, de palabra, o en otra forma, para que no valgan,
ni hagan fee, salvo este que ahora otorgo, que quiero que valga por mi
testamento, y ultima voluntad, por la via, y forma que mejor aya lugar en
derecho. En cuyo testimonio lo otorgo en la villa de Ares del Maestre a los
seis dias del mes de Marzo del año mil setecientos quinze. Y la ottorgante que
yo el escrivano publico doy fee que conozco, no firmo por que dixo no saber, y
a su ruego lo firmo uno de los testigos que lo fueron Joseph Vinaixa clergue,
Vicente Sales serragero, y Pedro Antonio Molins perayre vezinos de la dicha
villa de Ares. A los quales fue interrogado por mi el escrivano, si conozian a
la dicha testadora, y si aquella estava en su juizio cabal para para
disponer de sus bienes, Y si dicha
testadora conozia a dichos testigos, y todos unanimes dixeron que si,
nombrandose por sus nombres, sobrenombres, e yo el dicho escrivano conosi a
todos muy bien, y ellos a mi.
Testigo y por la otorgante Joseph Vinaixa Clergue
Ante mi Joseph Geronymo Sales
escrivano
Este protocolo posterior Andres Armelles Marti se vuelve a casar, en el aparece su padre Felix Armelles y su madre Pasquala Marti
Este protocolo posterior Andres Armelles Marti se vuelve a casar, en el aparece su padre Felix Armelles y su madre Pasquala Marti
Dia 6 de Deziembre de 1716
Capitulos
Matrimoniales_________________________________________
Sepase por esta carta como nos
Felix Armelles, y Andres Armelles texedores de la una parte, y Gaspar Tosca
labrador vezinos de la presente villa de Ares del Maestre de la otra: Dezimos
que a servicio de Dios nuestro Señor, y con su gracia havemos tratado de que yo
el dicho Andres Armelles, hijo legitimo, y natural del dicho Felix Armelles, y
de Pasquala Marti consortes, que case en primeras nupccias con Maria Orti de la
una parte, me case en paz de la Iglesia con Maria Tosca donzella, hija
legitima, y natural de mi el dicho Gaspar Tosca, y de Apolonia Selma consortes,
de la otra parte. Y para que tenga efecto, y sustentemos nuestras obligaciones,
como mejor aya lugar en derecho, y siendo sabedores del que en este caso nos
conbiene, y perteneze, de nuestra voluntad otorgamos, y conosemos que
prometemos, y concordamis los capitulos por razon del dicho matrimonio, en la
forma y tenor que inmediatamente le sigue.

En seguida de lo qual, se ha
tratado, convenido, y ajustado, por, y entre nosotros las dichas partes, que yo
el dicho Gaspar Tosca, prometo, y me obligo a dar, y en este capitulo doy a la
dicha Maria Tosca donzella mi hija, en
ayuda y subvencion de su matrimonio con el dicho Andres Armelles en lo venidero
consortes, cinquenta libras moneda de Valencia pagadoras en tres iguales pagos,
dentro tres años contadores del dia resibiran las bendiciones nupciales en
adelante, una paga cada un año, y si passado dicho termino, no hubiere pagado
tenga obligacion de pagarle, y corresponderle sobre mis bienes, todos los años
medio cahiz de trigo, medida del presente Reyno de Valencia, quedandome la
facultad de poderle redimir en tres iguales quitaciones.

Ittem
se ha tratado conbenido, y ajustado, por, y entre nosotros las dichas partes,
que nos los dichos Andres Armelles, y Maria Tosca donzella en lo venidero
consortes presentes siendo, ayamos de estar hermanados en todos nuestyros
bienes, desde el dia que recibiremos las bendiciones nupciales en adelante; Y
de dichos bienes se haga comun, para que todos anden juntos, en empleos
nuestros, y todo corra por mano de mi el dicho Andres Armelles, y de lo que
fuere procediendo se hagan otros empleos, y assi se proceda, y continue
mientras durare dicho matrimonio. Y quando Dios fuere servido disolverle
faltando el uno de nosotros en este caso el que sobreviviere haya de tirar y
tire a su parte la metad de los bienes,
y cargos que hubiere la dicha ermandad, y los herederos del que premuriere
tiren la otra metad. Queriendo como por el presente capitulo declaramos es
nuestra voluntad que sea suplido en el qualquiera defecto de clausulas, y
substancia para su valididad, y firmeza, añadiendo fuerza a fuerza, y contrato
a contrato.

Andres
Armelles
Testigo,
y por Gaspar Tosca Dr. Pedro Garcia
Testigo,
y por Felix Armelles Dr. Thomas Carlos
Escurida
Testigo,
y por Maria Tosca Dr. Pedro Garcia
Ante
mi Joseph Geronimo Sales escrivano